Si se va a comparecer en los servicios municipales es muy posible que el expediente esté digitalizado pero eso no puede privar al administrado de su derecho a consultar ese expediente cuantas veces lo precise; no precisa ningún certificado sino únicamente identificarse como interesado en el procedimiento y que se habilite un Pc con acceso al expediente digitalizado.
Recibida notificación escrita de un expediente municipal, se ha solicitado comparecer en el expediente para comprobar diversos documentos.
El ayuntamiento alega que el expediente esta digitalizado y que si no se tiene certificado digital, no es posible.
¿Es esto legal?.