Hola buenos días haber si hay alguien que me pueda explicar que significa un expediente de regulación por baja productividad?
Ayer mi jefe me ha dicho que cierra mi delegacion y que ha presentado lo anterior dicho, somos 5 personas trabajando.
A mi no me han presentado ningún papel solo ha sido de palabra.
Segun a partir de hoy ya no tengo que ir a trabajar dicho por el que ya me mandará el papel.
¿Hasta que punto me puedo fiar de él?
¿que determinaciones tendré que tomar?¿que me aconsejais?
Muchas gracias de antemano
Hasta que no te lo notifique por escrito debes ir, sino te podrá despedir como despido procedente. Aparte todo ERE debe pasar debe ser aprobado por las autoridades competentes.
Ayer he recibido un email (borrador de propuesta amigable) donde el encabezado pone despido por causas económicas (cierre sucursal) donde me ponen una indenización 25 dias por año trabajado. Lo curioso es que en la empresa somos 5 y a todos verbalmente nos han dicho lo del cierre, pero el único que ha recibido la propuesta (borrador) he sido yo, los demás , nada de nada realmente curioso.
Aparentemente cierra la nave el mes que viene, o se traslada para otro sitio y nadie dice nada.
Lo que veo es que tienen mucha prisa conmigo, la gestoria ya se ha puesto en contacto conmigo pero soy la única, los demás no saben nada.
No es un ERE; ES UN CIERRE POR CAUSAS ECONÓMICAS y de una delegación que la empresa matriz sigue abierta. Mi trabajo es comercial por lo que no tengo que estar en la nave.
Mi pregunta es la siguiente:
¿realmente me pertenecen 25 dias por año trabajado?
¿Que plazos hay si no estoy conforme, partiendo del lunes 27 de abril?
¿que clase despido es objetivo improcedente o improcedente sin más?
Llevo casi 8 años trabajando en esta empresa .
Gracias por anticipado
No soy especialista, por la causa ecónomica puede solicitar un ERE, y si se lo haceptan se puede llegara a una indemnización menor a 45 días, pero nunca menor a 20 días. Pero no se puede hacer un ERE por una única persona, eso es claro. Segun el numero de empleados totales de la empresa es el minimo de personas que se deben incluir para que sea tratado como ERE, y este debe tener una resolución de la autoridad competente para poder ser llevado a cabo, Te recomiendo que habales con un abogado especialista. Y si por las dudas se te ocurre firmar el finiquito siempre debes incluir de tu puño y letra "NO CONFORME", si no lo incluyes te cierras la posibilidad de demandarlo.
Si cierra por causas ecónomicas debe hacer una concurso de acredores voluntario, y de ahí saldrá un ERE.
ÉL NO PUDE DECIR QUE SON CAUSAS ECONOMICAS Y DARTE UNA INDEMNIZACIÓN MENOR A LA QUE MARCA LA LEY, SI NO EXISTE UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL. SINO SERÍA MUY FACIL DESPEDIR EN TODAS LAS EMPRESAS
Pero insisto habla con un buen abogado URGENTE
Me dá la impresión que si solo te quiere quitar a ti en cuanto reciba por escrito una respuesta a la e-mail (guardate una copia) y se de cuenta que la redacto un abogado te pagará los 45 días. OJO SIEMPRE QUE LO QUE EXPLICAS SEAN TODAS LAS VARIABLES Y NO EXISTAN FLECOS QUE NO CONOZCAS