El tribunal médico resuelve lo que el médico evaluador ha indicado en el informe de síntesis, no resuelve en contra del criterio del médico evaluador, en ese caso estaría prevaricando.
Aún no he pasado por el tribunal médico, lo tengo en dos semanas.
He leído de la importancia de este informe de síntesis (en pocas palabras es el informe del médico evaluador que nos hará el reconocimiento).
Si este informe es “bueno” y recoge bien nuestras limitaciones, será MUY útil en caso de ir a juicio, ya que nuestro abogado podrá usarlo a nuestro favor .. pues si en el propio informe el médico evaluador nos propone para una IP y recoge nuestras limitaciones, no se entiende que luego cuando esté lo eleva al tribunal médico (5 miembros que deciden en base al informe presentado por el médico evaluador), estos 5 miembros en votación decidan NO darnos la incapacidad, podeeis leer más al respecto aquí:
1. Te ve el médico evaluador y rellena el informe de síntesis.
2. Se reúne el tribunal (tu ya no estas presente en este caso) y esos 5 miembros del tribunal DECIDEN con el informe de síntesis rellenado por el médico evaluador que nos vio.
Muchas veces pese a ser el informe de síntesis favorable a nuestros intereses, y habernos propuesto el médico evaluador como merecedores de una incapacidad, el tribunal luego RECHAZA que seamos merecedores de ella de forma totalmente incomprensible!
Así que a la hora de ir a juicio, ese informe de síntesis rellenado por el médico evaluador que nos vio seria muy útil! Pues el juez puede argumentar: “no tiene sentido que el médico evaluador diga que está persona no está apta para trabajar por esto y esto y que su criterio es que es merecedor de una incapacidad, y que luego al elevar el caso al tribunal de los 5 miembros .. estos decidan lo contrario”
pues lo normal es que no te digan nada,incluso alguna vez dan esperanzas y luego no es asi y esto lo hacen para evitar agresiones,que las ha habido.
lo que puedes hacer es dirigirte al mismo sitio donde pases el tribunal medico y en el mostrador de informacion pides el informe de sintesis con el dni,te lo entregaran en mano y ahi si que puedes ver lo que el medico evaluador pide para ti
Hola a todos! He visto que este es el hilo principal respecto al tema de la incapacidad. Agradecer también a Rafael75 y a Wikito que veo que sois de los que más participáis.
Os expongo brevemente mi caso. Llevo muchos años luchando con una enfermedad bastante incapacitante, la cual con los años se ha ido agravando. En el trabajo aguantaba como podía, pero debido a mi enfermedad dejé de ser lo profesional que debería ser y cada vez estaba más limitado. Tras venderse la empresa donde trabajaba, los nuevos jefes quisieron que continuase con ellos, pero tuve que decir que NO. Sinceramente no podía continuar trabajando en ese estado. Así que después de más de 10 años en esa empresa fui despedido. Cobre el paro durante 2 años, y antes de terminarse el paro pedí la baja por no estar en condiciones de trabajar (en ese momento el INSS es el que se hizo cargo de pagarme aunque una cifra bastante baja respecto al paro, ahora cobro el 80% del IPREM).
Pues bien, la baja tras los dos años de paro, en noviembre de 2021 me dieron la baja, así que en noviembre de este año 2022 cumplí el año de baja. Pasaron 365 días y no me llamaban del EVI (tribunal Medico) y esta semana por fin me llamaron y me dieron cita para enero.
Ahora vienen mis dudas:
1) Me imagino que es ya el tribunal médico donde el médico inspector me evaluará, me dijeron en la llamada que llevase los informes que considerase pertinentes. Una vez salga ese día de allí, antes de irme la persona que me evaluará, me dirá que va a hacer? Es decir me dirá si va a iniciar de oficio un expediente de incapacidad? O me prorrogara 6 meses mas la baja?
2) He leído que cuando te llaman al año de estar de baja, pueden pasar varias cosas: 1) Que me inicien ellos el expediente de incapacidad en base a los informes que aporte y que ellos tengan. 2) Que me concedan una prórroga de 6 meses. 3) Que me den de Alta.
3) Pero mi duda es si sales de allí sabiendo lo que van a hacer. Es decir si el médico evaluador me dirá su decisión.
4) En caso que NO me lo digan, ¿cuanto he de esperar para saber que han decidido? Porque claro he visto que hay unos plazos concretos (días que tienes) para hacer lo que haya que hacer. Por ejemplo creo que si te dan de alta tienes un plazo para impugnarla (esto no lo tengo muy claro).
PD: voy a leerle estos días todos los mensajes de este hilo, son casi 1400 y llego ya 100 mensajes leídos. Un saludo y gracias a todos.
Estate tranquilo, que yo lo pasé mal un tiempo pensando eso. Según me dijeron en su día, hay un empeoramiento y sin posibilidad de mejoría, que es muy importante para la hora de que te concedan incapacidades. También tenía miedo a reclamar la Absoluta, porque trabajaba sentado con ordenadores, y me dijeron que en este tipo de profesión, era muy difícil de conseguir la Absoluta.
Justo ese es mi miedo, y no paro de dar vueltas al tema.
El médico del EVI me dijo que no lo iba a tener en cuenta, porque era de nacimiento y yo 'había aprendido' a manejarme con eso.
Mi abogado me ha dicho que eso es sólo la opinión del inspector y como ha habido un empeoramiento que no me preocupe, que el ve una IPA muy clara.
Para mí sería una tranquilidad porque la ceguera es algo objetivo, no como el tema psíquico por el que me conceden la IPT, aunque según el informe de síntesis está cronificado.
Tienes toda la razón. Comentarte que no se si te lo dije en alguna ocasión, sé que dijiste que te preocupa algo de lo que tienes de nacimiento, y creo que te conté, que lo mío no es de nacimiento, pero mi madre ciega, dos tíos ciegos en fin, varios familiares ciegos y discapacitados visuales graves y severos, pero yo entré a trabajar en el año 2005, como discapacitado visual grave con 83%, hasta el año 2019 que fue la última operación y ya no pude seguir en el trabajo. Pues en ese tiempo, tenía miedo de que me dijeran que yo cuando empecé a trabajar en esta empresa, ya estaba fastidiado y que entonces no tenía derecho a pedir una Incapacidad, tan solo la discapacidad que ya tenía. Te digo esto porque pasé tiempo con un mal estar increíble.
Desgraciadamente Wikito es como dices. Seguro que hay muchas personas que por ignorancia o falta de dinero no reclaman lo que es su derecho.
Y desde luego la normativa laboral es un mundo, incluso para licenciados en derecho como yo.
Es todo muy complejo, y encima está el factor suerte tanto con el médico del EVI como con el juez que te toque
. El juicio apenas dura 10 minutos y luego no te puedes hacer idea de lo rápido que tienen que ir los jueces dictando sentencias, no porque sean complejas sino por el volumen de casos que tienen que resolver, me decía un amigo juez de otra jurisdicción distinta a lo social. que era mucha tralla lo que había en el orden social.
Hola Rafael75. No esque mi abogada fuese valiente, aportó los informes para reclamar al INSS la IPA, y también en la denuncia, pero como diciendo... ¡¡Señores, ustedes, el informe de síntesis y el médico pericial contratado por mi cliente, dicen que la enfermedad y las secuelas que eso conlleva existe, pues viendo la escala de wecker y los artículos tal tal y tal, dice que eso pertenece a una IPA, y ustedes le dan a mí cliente una IPT!!. Es que la verdad no lo entiendo, y de veras siento que personas que no se pueda pagar un abogado, se quede con lo que le den, siento pena de eso, no está bien, lo veo sucio y ruin, Salu2.
Wikito, la verdad es que tu abogada fue muy valiente o tu caso especialmente claro, porque en los juicios de lo social las pruebas, informes y demás no se presentan hasta el momento del juicio, de forma que la parte contraria, el Inns en nuestro caso, va a ciegas sobre lo que se va a presentar, y sin embargo tú abogada en el escrito de demanda colocó todas las cartas boca arriba.
Hola. Como ya comenté en otra ocasión, yo me gasté en el médico pericial 1000€, y desde luego que no me arrepiento. Y encima no tuve ni que entrar al juicio, además me dijo mi abogada que mi médico pericial habló más que ella en el juicio. Además del informe que me hizo, lo dijo ante el juez, lo corroboró y comentó al juez que me pertenece la IPA, Salu2.
En mi caso el EVI en su informe de síntesis también reconoce la enfermedad, ólo que dice que es de nacimiento, pero ha habido un claro empeoramiento.
Respecto del informe de síntesis recuerdo que un forero se lamentaba de no haber llevado perito al juicio porque creía que los informes de la SS eran contundentes pero que el juez se basó en el informe de síntesis.
Un inciso... Cuando dices que otros foreros comentan que el juez tiene muy encuenta el informe de síntesis, que yo sepa, ese informe quien lo tiene muy encuenta es nuestro abogado, porque por ejemplo mi abogada con ese informe (síntesis), es con lo que les hechó encara al juez que si el EVI reconoce la enfermedad y las secuelas, pues corresponde a la IPA. Vamos que el informe de síntesis le vale más a nuestro abogado que al juez, por lo menos eso creo yo.
Hola tengo una incapacidad perfectamente absoluta desde 2018, soy aficionado al póker online, me gustaría saber si existe incompatibilidad de obtener ingresos del póker con mi pensión.
Me podrían retirar la pensión? Gracias
Hola Rafael75. No hay nada que disculpar porque para eso estamos, para ayudarnos como en su día se me ayudó a mí. El juez se refirió a los informes del INSS y al informe de síntesis porque mi abogada los metió en la denuncia junto al informe de mi médico pericial, y el juez vio que el INSS reconoce mis patologías. Mi abogada les hechó encara, que el informe del INSS, el informe de síntesis, y el informe de mi médico pericial, es lo mismo, pero mi médico pericial que es experto en valoración de incapacidades, dice que esas patologías que reconoce el EVI y el INSS, pertenece a una IPA. Entonces el juez pone en la sentencia que las dos partes están deacuerdo con la enfermedad secuelar y que no va haber mejoría, pues al corroborar la patología del paciente, y cuando los artículos tal, tal y tal, pues dictamina que esa enfermedad secuelar y sin posibilidad de mejoría, se merece la Incapacidad Permanente Absoluta. Si no me explico bien, me lo dices y lo intento explicar mejor.
Wikito, disculpa que insista en el tema, pero cuando te refieres a informes del Inns ¿se trata de los informes médicos de la SS o del informe de síntesis del EVI?
Es que de lo que han comentado otros foreros el juez suele tener muy en cuenta el informe de síntesis.
No es que me parezca poca la agudeza visual, es que me parece muy escueto el informe, de ahí mi temor a que el juez no lo tenga en cuenta.
Pero me tranquiliza tu respuesta, porque el propio Inns reconoce en el informe de síntesis que mis limitaciones visuales son severas si bien dice que son de nacimiento.
Lo que pasa es que la visión desde que fui al EVI ha empeorado y ha pasado del 0,2 al 0.05.
Hola Rafael75.
¿Te parece poco 0.05?, pero si es lo más bajo de la visión. Sabes que en la escala de wecker es así: 0.05 - 0.1- 0.2 - 0.3 - 0.4 - 0.5 - 0.6 - 0.7 - 0.8 - 0.9 y 1.0 por tanto el 0.05 equivale a ceguera (amaurosis). El juez recalcó solo en mi visión, porque como ya te dije en una ocasión, tengo secuelas en un brazo de paresia radial, pero no quise que se ponga en mi informe pericial que llevé al juicio. El juez subrayó informes del INSS que concuerdan con el informe pericial entregado por mi abogada hablando de mi visión. Y más o menos el juez dice que el INSS confirma mi baja visión, pero se contradice al no haberme dado la Absoluta que me corresponde por los artículos tal, tal y tal. En la sentencia pone que en un ojo tengo agudeza visual (av), 0.05 (amaurosis), y en el otro 0.2-0.3 sin posibilidad de mejoría, con Campo Visual (cv) en cañón de escopeta menor de 10 grados, y por tanto la perdida de visión en ambos ojos es del 98,5% salu2.