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Expediente de incapacidad permanente

1514 Comentarios
Viendo 1061 - 1080 de 1514 comentarios
12/08/2022 16:28
Hola. Yo estoy de ipt desde hace 15 meses y A mi de incapacidad temporal no me retienen nada
12/08/2022 16:39
Elgaraje
Pues se supone que es en la IPA donde no retienen, y que sí deberían retener en las IPT.

¿Tú hiciste declaración del irpf este año?
12/08/2022 16:57
Rafael75
Ah bueno, pues eso ya no lo sé. Yo tengo un familiar que tiene IPA y no paga IRPF.
12/08/2022 17:12
Cori22
la IPA por ley no paga IRPF pero una IPT sí tendría que pagarlo.

Yo lo que no quiero es tener sorpresas desagradables en el IRPF del año que viene.
12/08/2022 18:46
Rafael75
Hola Rafael75. No, con la IPT nunca me han retenido nada de IRPF, tampoco entiendo mucho de eso pero alomejor tiene que ver los hijos, el tanto porciento de la discapacidad, etc.
¿Que cómo hago hago para que me atiendan en la Seguridad Social?. Pues en otro hilo, que creo que tú has participado, yo comenté que saqué cita para el día 11, y cuando lo intento es apartir de las 00:00 si estoy despierto, desde la misma app de la Seguridad Social, pero está última cita, la saqué sobre las 09:30. Yo en vez de estar llamando, intento cazar las citas que la gente anula, porque de esta forma, la cita suele ser para poco tiempo, y la cita que sacó son otra que ellos me llamen, Salu2.
12/08/2022 18:53
Wikito
Al final quise decir que las citas que saco, son para que ellos me llamen. Y tampoco es que he sacado muchas citas con ellos, para yo querer hablar con ellos tiene que ser muy importante. Yo las pequeñas dudas, uso del buzón de consultas que para eso está, aunque habeces tardan en contestar.
12/08/2022 19:01
Wikito
Sí, te había leído que con la aplicación a partir de las 0:00,, creía que fue una sola vez, pero yo con la pastilla que me tomo para dormir imposible

Entonces, a través del apartado presentación de otros escritos también responden?

Yo no tengo más motivo de deducción que mi minusvalía del 91 p c. No creo que me tocara pagar, pero por si acaso.
12/08/2022 19:09
Rafael75
Por "Presentación de Otros Escritos", e mandado informes médicos, o toda la documentación que el INSS me pida, lo mando desde ahí. También pedí en este mismo sitio el Informe de Síntesis. Yo cuando no tenía la IPT, tampoco me retenían nada de IRPF, haber si ahora que he ganado el juicio de IPA, me retienen jeje.
12/08/2022 19:15
Rafael75
Pero ¿Sabes que está el buzón de consultas no?. Yo lo de "Presentación de Otros Escritos", como te dije antes lo uso para enviarles documentación.
12/08/2022 21:48
Wikito
La IPA está exenta de tributar el IRPF. En los casos de IPT, solo tributan si la retribución de la pensión supera, en bruto anual, el mínimo fijado a nivel estatal, que creo está fijado actualmente en 22.000€. Entiendo que, en caso de tributar, serían de aplicación las deducciones por hijos, minusvalía, vivienda, etc. Si así fuera, el INSS ingresa la pensión neta con la correspondiente retención del IRPF ya aplicada.
12/08/2022 22:01
Libere
Hola. Muchas gracias por la información. Cuando no tenía ninguna IP, no me retenían nada de IRPF, y cuando me dieron la IPT tampoco, entonces con la IPA, cuento con lo que tú me dices. Yo pensaba que antes si no me retenían nada, era por mi discapacidad del 83%, o por la tarjeta de familia numerosa que tengo, no lo comenté antes, gracias, Salu2.
12/08/2022 22:58
Buenas noches compis, alguno sabe donde interponer la reclamación previa por la denegación de una incapacidad permanente?

Estoy buscando por internet pero no encuentro nada.

No se si sera en Seguridad Social, otros escritos.

Si alguien pudiera ayudarme, muchísimas gracias
13/08/2022 03:27
ruben1992
Hola rubén1992. E buscado el justificante que me envió mi abogada de la reclamación de que no estaba de acuerdo con la IPT, yo creía que la abogada fue en persona y resulta que no, lo hizo telemáticamente. En el justificante pone como título, lo que tú has dicho "Presentación de Otros Escritos, Solicitudes y Comunicaciones", Salu2.
13/08/2022 03:58
ruben1992
Yo la presente aqui https://tramites.seg-social.es/acceso/reclamacion-previa.html
13/08/2022 10:22
ranich
Hola buenos días. Muy interesante, nunca escuché o leí nada de este sitio. Y por lo visto no hace falta ni cl@ve ni certificado digital no?, Salu2.
13/08/2022 10:54
Elgaraje
tu estaras de IT,que es lo que llamamos baja medica y durante el año no te quitan nada pero a final de año te lo quitaran de golpe,segun la cantidad que cobres te lo quitaran en dos veces
13/08/2022 11:08
Wikito
No, una foto de tu cara y otra del dni y suficiente....
13/08/2022 11:10
Libere
eso no es asi,22.000€ es la cantidad a partir de la cual estas obligado a hacer la declaracion de renta si tienes un solo pagador y sitienes mas de un pagador es a partir de 14.000€,las retenciones ya te las han hecho antes,segun lo que cobres y el grado de discapacidad que tengas.
Las cantidades comprendidas hasta los 12.000 euros anuales están sujetas a una retención mínima inferior al 1%.

-Las cantidades comprendidas entre los 12.001 y los 18.000 euros están sujetas a una retención mínima del 2,81%.

-Las cantidades comprendidas entre los 18.001 y los 24.000 euros están sujetas a una retención mínima 8,69%.

-Las cantidades comprendidas entre los 24.001 y los 30.000 euros están sujetas a una retención mínima del 11,83%.

-Las cantidades a partir de los 30.001 euros anuales están sujetas a una retención mínima del 15,59%.

En paralelo, la Agencia Tributaria tiene en cuenta la situación personal del contribuyente para establecer sus retenciones finales. Esto dependerá de múltiples variables como la edad del contribuyente, si tiene algún grado de discapacidad o su situación familiar (si es soltero o casado, con hijos menores o mayores con discapacidad a cargo, si su cónyuge tiene más o menos de 1.500 euros anuales...).

El organismo dispone de un simulador en su página web con el que el contribuyente puede aproximarse a la retención que se la hará en su pensión. Para ello debe ingresar en este enlace, rellenar los campos necesarios y explicar que su situación laboral es 'Pensionista de la Seguridad Social o clases pasivas'.
18/08/2022 21:25
Hola a todos, hoy me han concluido los puntos 5 y 6 de mi expediente de incapacidad. Faltan el 7 y el 8. Alguien sabe cuanto tiempo tardan en esta fase del expediente? Gracias por adelantado.
18/08/2022 22:52
franjabra
Hola. Pues si no recuerdo mal, en mi caso después del punto 6, a los dos o tres días ya tenía el expediente resuelto. Habrás leído que cuando se concluya el 7, el 8 no lo verás, en mi caso cuando entré y ví el 7 concluido, ponía finalizado, y el 8 no estaba. Entré en "tu seguridad social", y de momento no aparecía la pensión, pero entré en "Certificado Integral de Prestaciones", y ahí sí constaba la pensión, luego más adelante, si aparecía en tu seguridad social. Ánimo que ya llegaste al final de este largo camino, Salu2.