Que por lo que he leído, deduzco que es distinto si solicitas la incapacidad o te llaman ellos de oficio. Si la solicitas tú si se abre el expediente antes de pasar tribunal médico
Hola, creo que lo pediste en un mal sitio, tiene que ser en la sede....... "Presentación
de
otros escritos,
solicitudes
y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social)". Prueba este enlace:
Si tienes problemas, puedes hacerlo así (entrando en la "Sede Electrónica de la Seguridad Social"):
Ciudadanos - Incapacidad - Presentación de informes médicos.
Creo que entrando en esto que te digo, y el enlace que te envié, es lo mismo. Hay que hacerlo con el certificado digital o la clave permanente, pero también hay otra forma de pedirlo en este mismo sitio que no hace falta el certificado digital ni clave... Si quieres te lo busco.
Hola ranich. Pero yo lo que veo raro es que por lo visto aparte de la Incapacidad que se está pidiendo, la persona tiene una discapacidad, y como comentas esto:
"valorar discapacidad por EVI según profesiograma descrito"....
Yo creo entender que está pendiente de valorar la discapacidad que ya se tiene, con el trabajo, pero ¿dan el alta?, pues no lo entiendo.
Eso no lo habia entendido yo asi, ya tiene reconocido un 39% y no es revisable asiq....
Y si, le dieron alta y ahora a disfrutar vacaciones a ver lo q tarda la impugnacion del alta.....
Hola ranich. Eso entiendo yo en lo que pusiste de la discapacidad, pero no me hagas mucho caso que no soy experto en eso. Es que en mi caso, en el informe de Síntesis de la incapacidad, el médico evaluador recalcó al final del informe, mi discapacidad y mi empleo, y no me acuerdo si puso entrecomillado o entrepare tesis, muchas dificultad para hacer X. Puso mi oficio y aparte algo que yo hacía en el trabajo, que el quiso subrayar para los que resuelven los expedientes. Me refiero que alomejor tiene algo que ver con lo tuyo, evaluar la discapacidad con el oficio, Salu2.
Hola Rafael75. A mí me tardó ese tiempo, pero alomejor te lo mandan antes, según la comunidad Autónoma entiendo. Creo haberte leído a "ranich", que se lo enviaron el mismo día.
Una pregunta, Solicite una incapacidad permanente en enero, llevo actualmet de baja 11 meses y 3 semanas. Mi profesión habitual no la puedo ejercer, pero hoy me llamaron para un trabajo que si que puedo realizar. Si cojo este trabajo, que no se parece ni por casualidad al mío, pierdo el proceso de incapacidad al darme de alta. Es que lo que me paga la mutua es ridículo
Pues depende de qué autonomía seas, yo soy de Andalucía y aquí se puede consultar en una aplicación que se llama carpeta ciudadana y hay un teléfono de atención a la dependencia.
Pero lo más eficaz es que te pases con cita previa por la oficina que lo esté tramitando.
Hola Rafael75. Así es... al finalizar el punto 7, el mismo día o al día siente, no creo que pase de dos días. También te aparecerá pero no se en cuanto tiempo en... "Tu Seguridad Social", que desde ahí se puede hacer algunas gestiones con la pensión. Ánimo compi que ya te queda poco, me alegro por tí, Salu2.
Gracias Wikito, la verdad que por lo menos sé que voy a tener unos ingresos.
Pero como es la segunda vez que presento la solicitud, la primera lo denegaron, y está fechado el juicio para 2023, tendré que consultar con el abogado.
Wikito, ¿tú cobraste el primer mes en que te concedieron la IA o cobraste el primer y segundo mes juntos?
Y respecto a las retenciones, tanto en certificado integral de prestaciones como en mi seguridad social viene sin retenciones cuando yo creía que a las IT sí les retenían
Buenos días. Mi IPT, me la pagaron en ese mismo mes, la resolución fue un día 31 de Mayo, y el mes de Junio cobré mi primera pensión. Lo de las retenciones, pues a mí no me retuvieron nada, Salu2
Buenas tardes, hay alguien que le haya desaparecido el punto 8 y se la han concedido, creo que si desaparece ya esta todo dicho, pero si hubiese algun caso como ese me gustaría si es posible me comentasen algo.
Gracias.
Hola buenas tardes. Lamentablemente al desaparecer el punto 8, según e leído en este foro, denegada. Solo he leído que se han aprobado resoluciones con solo 7 puntos los de accidentes de trabajo o similar. No es que yo lo sermpa seguro, es lo que cuentan los compañeros, Salu2.
He recibido hoy la resolución del inns concediéndole la IPT.
Viene a decir que con mi TOC y trastorno bipolar no puedo desempeñar tareas de un nivel intelectual exigente.
Dice que es revisable a partir del 10 05 24, pero la cuestión que me planteo es que el toc y el trastorno bipolar los voy a tener siempre, ¿qué es lo que van a revisar?