Pues, sí, es lo que dices, estamos en manos de los abogados, el mio se dedica a incapacidades así que se conocerá el paño mejor que nosotros.
Otra cosa que debes pedir es la dependencia, que según el caso te pueden dar unos cien y pico euros para la persona con la que convivas.
Vivo solo,explicame eso por encima o dime como mirarlo ¿lo ves? Otra cosa que no sabia ¿queria preguntar para aparcar en plazas de discapacitados por si mi enfermedad me toca ya que una de ellas me limita pero de eso que me estas diciendo no sabia nada!!!
Son cosas distintas discapacidad y dependencia. Ambas las llevan las comunidades autónomas.
La dependencia es para que te den cuidados que necesites en tu vida diaria, va por grados, hay tres, viene un trabajador social a casa y te pregunta cómo te manejas en la vida diaria. Y luego hace un informe según un baremo bvd. Te tienen que dar más de 25 puntos.
También hace un informe tu médico de cabecera, si es competente le puedes preguntar a él cuando vayas.
Luego según los puntos te Dan un grado de los tres que hay, y llegan a un acuerdo contigo sobre la ayuda que mejor te conviene. Si te puedes más o menos manejar puedes elegir una ayuda económica bien para que te cuide un conviviente, bien si vives solo para que alguien cuide de ti.
Aquí en Andalucía hay un teléfono de la dependencia, también puedes ir a tu junta de distrito municipal y pedir cita con el trabajador social.
Gracias Rafael no me lo podias haber explicado mejor,cuando haya pasado la revision por discapacidad lo mirare como tu dices y si me pertenece algo aun viviendo solo lo pedire
Gracias de nuevo,cada dia se aprenden cosas y en sitios asi esta muy bien para que unos ayuden a otros!!!!
Pues una cosa que hay que considerar con la discapacidad son las deducciones del irpf que varían según el grado.
Por ejemplo si ahora estamos en la campaña del irpf que termina el 1 de julio es claro que no te va a llegar la revisión de la discapacidad para esa fecha.
Pero la discapacidad siempre se concede con efectos retroactivos así que lo que hay que hacer es pedir cita a hacienda llevando tu certificado de discapacidad y pedir que te hagan lo que se llama una rectificativa.
Hola Rafael75 ya la tengo hecha con el gestor a la espera del resultado del dia 9,y es de carecter retroactivo,yo pedi revision el marzo del año pasado y entra "todo" el año!!!!
La hice antes porque tengo mucho lio en una venta de una casa,una indemnizacion por despido,parao y alquiler,hable con la gestora y hace 3 semanas le lleve el papeleo,y el viernes me llamo diciendome lo que me devolvian con lo que tengo y con el 65% y esta a la espera de lo que me digan en la revision,les pregunte donde hacen la revision y me dijeron que aun entregandola el 31 de diciembre entra "todo" el año
Pero la incapacidad no funciona asi!!!! Ni siquiera vale cuando echas la solicitud,te vale desde que vas a tribunal
Cuando hice mi primera rectificacion la hice por la discapacidad y por tlf hace 2 años,y simplemente diciendolo sin mas me la rectificaron,luego ellos ya lo ven y lo saben como ahora,ire el dia 9 al cabo de 8 o 10 dias ya lo sabes,pero no te envian los papeles hasta al cabo de un mes junto con la nueva tarjeta,una vez lo sabes ya puedes hacer la renta ya que en la renta solo tienes que poner que tienes el 33% o el 65% ,ya que no hay que poner ninguna referencia ni nada solo si la tienes y cual tienes,ellos ya lo saben
Yo tengo entendido que respecto de la incapacidad lo único que tiene relevancia fiscal es que te den una IA que comporta que no te retengan irpf, mientras una IT te siguen reteniendo irpf.
Lo que no sé es si por estar en situación de incapacidad tienes derecho a deducciones.
Es asi como lo cuentas,la total paga irpf y la absoluta ademas que es tu basa de cotizacion entera no pagas nada,ademas la total equivale a una discapacidad del 33% pero "NO"te puedes aplicar la desgravacion si no tienes el grado de discapacidad otorgado como nosotros y eso para una total es un "plus" mas,osea tanto la total como la absoluta en una incapacidad equivalen a una discapacidad del 33% pero no te puedes acojer al desgravamiento por irpf sin el reconocimiento de la discapacidad,en el caso de la absoluta da igual porque no te quitan nada,es un poco lioso porque si que te lo reconocen pero "no" te la desgravan sin tener la discapacidad reconocida,¿lo ves Rafael? Tengo un master,y espera que termine y monto un despacho de abogados!!!!!
Hola. Soy nuevo aqui y os cuento mi caso por si puede ser de ayuda.
Tras 18 meses de IT (12 6 de prorroga otorgados por resolución de la SS) me citan el 4 de este mes de abril a pasar revisión en el EVI. A partir de aquí, este es el proceso:
06/04. Me notifican por SMS inicio de expediente de IP
07/04. Me aparecen ya los 8 puntos. Los 3 primeros concluidos.
22/04. Se concluye punto 4, manteniendose los 8.
Por ahora, esto es lo que hay.
De A Coruña. Yo creo que no solo hay sitios con mas demora. Tambien afecta el echo de quien inicia el.expediente. Me da la sensacion de que cuando lo inicia el INSS va mas rapiido. Pero solo es eso. Una sensacion
Aquí en Málaga, va rápido, el día 20 se registró mi nueva solicitud de IP, y hoy he recibido la carta de la citación fechada el día 22 dándome la cita para el 9 de mayo.
Hola , yo tambien soy de Coruña, bueno de Naron, pero igual da, A mi me iniciaron el expediente el 11/04, tambien iniciado por el inss( enfermedad degenerativa) alos 4 o 5 dias ya tenia concluidos 4 puntos de los 8, pero de momento ahi se quedo. Mirar miro todos los dias porque es un sinvivir, esto de no saber que te daran cuando te lo daran, si te daran, si no....... pero bueno vamos a confiar que no se demore mucho. Yo en cuanto tenga mas noticias lo pongo aqui
Estamos en un caso igual. Tan solo que a ti te lo iniciaron 5 dias después que a mi.
Por lo de ahora tampoco hay avances. Pero cualquier novedad lo pongo aquí.
Y si, esto es un sufrimiento tremendo.
estas en un error,el 33% de discapacidad que te otorgan por una IPT precisamente es uno de los pocos beneficios que te concede el beneficio fiscal en la declaracion de renta que para cualquier ciudadano tributa a partir de 5.500 € y con una incapacidad tributas a partir de 8.500 €
Hasta donde yo se necesitas el certificado de discapacidad para beneficiarte de la desgravacion del irpf,porque aunque una total y una abosoluta tienen el grado del 33% sin el certificado de discapacidad no te puedes beneficiar,asi lo tengo entendido,antaño si que te beneficiabas y lo quitaron