Gracias Kike, me dieron el alta con propuesta de IP, y la resolución del evi fue favorable ya que me dice que tengo lesiones invalidantes. La que dice que no las tengo es el INSS a la hora de resolver el expediente y como premio lo que me propone es otra incapacidad temporal revisable a partir de octubre... tu lo entiendes? El informe de sintesis se pide en el Inss, en la seg social o donde me ve el evi porque son 3 organismos distintos...
Buenas tardes!. Me ha pasado una cosa rarísima en la página de la S.Social: desde que inició de oficio el ICAM mi expediente de incapacidad salían CONCLUIDOS los puntos 1, 2 y 4 (el 3 PENDIENTE). Hace 2 días a las 12 del mediodía de pronto el punto 3 pasó a CONCLUIDO. Una hora más tarde los puntos 3 y 4 volvían a constar como PENDIENTES. Ayer el punto 3 ( 3Emisión de propuesta de incapacidad laboral por la Comisión de Evaluación de Incapacidades aparece como CONCLUIDO y el resto de puntos, del 4 al 8, PENDIENTES.
En el ICAM, la Dra. que me visitó, me comentó que pasaba mi expediente al comité de evaluaciones y que sería revisable a los 6 meses, también me llegó un sms del INSS en el que me pedían que aportase documentación: copia del DNI, Libro de familia y nº de cuenta bancaria.
¿Alguien sabe que puede significar este baile de puntos que pasan de concluidos a pendientes y vuelta a concluidos? ¿Creéis que tengo posibilidades de que me den la incapacidad? Estoy en un sinvivir.
Pero has leído el informe de síntesis? Te digo porque igual en lo que pone da a entender que puede haber mejoría... te lo digo porque en mi informe pone mejoría y luego està tachado ...
El informe de síntesis se pide a la Seguridad Social, quizás te den una prorroga pensando en una presunta mejoría o que tengas tratamiento pendiente.
De todas formas estaría tranquilo si son invalidantes son ahora y dentro de 6 meses ,mientras tanto cobras el 75% y no el 55%, después te volverán a mirar y te darán la total si siguen estando las secuelas, como en la mayoría de los casos.
Gracias kike, en mi caso no existe mejoria y aunque quieren probar un tratamiento, del que ya he hecho miles, es meramente paliativo. de hecho la propuesta del evi ya indica que no hay mejoria previsible, pero aun asi, me hacen la iT, no entiendo nada....
Hola tal como explique el otro dia, que al descargarme la notificación telemática , me sale la base reguladora pero no como y de donde se han sacado los cálculos para obtener los y en la oficina del inss tampoco lo han podido ver. Pues tras mirar mis nominas mi abogado, ante todo he de decir que lo mio es por enfermedad profesional, y se calcula distinto, me dice que me falta bastante dinero en la base reguladora, asi que si tenéis dudas mirarlo pq se pueden equivocar y tenemos 30 dias para recurrir. Lo malo que segun mi abogado me puedo tirar de uno a dos años hasta que se resuelva todo, pq seguramente ya que lo suelen hacer el inss en el 90% de los casos rechazarla y tendremos que ir a lo social. Esto es un no acabar.
Si, yo he ido hoy al INSS màs que nada porque tengo bases mal. Ya que en la base por ejemplo de febrero de este año me pone una cantidad, y sin embargo en la nómina tengo otra, y en el certificado de la seguridad social en internet me pone la misma que la de la nómina. He llevado la nómina al INSS y me han dicho que tenía que reclamarlo, lo que pasa que quiero reclamar unas bases que están erróneas también pero a la empresa, por no haber cotizado todo, entonces voy a esperar para hacerlo todas juntas.
A mi tambien me han cogido de bases de cotizacion hasta mayo de 2018, que claro cotizaba menos de baja, que chistosos, te obligan a estar 18 meses de baja y encima usan esas bases con las que te baja la cuantia final de la pension.
Jejeje yo creo que a mi no me han querido ampliar la baja por eso mismo... porque yo sólo llevaba 12 meses de baja, si hubiera hecho los 18, seguiría cotizando a jornada completa, pero habiéndomelas cogido ahora, me han cogido bases a media jornada (vamos, sería cambiar 6 meses a media jornada de hace años por 6 meses a jornada completa...), por lo que la pensión hubiera cambiado.
Buenas
Según tengo entendido te calculan los meses anteriores a la baja ( hecho csusante).
Han cambiado la web de la ss y ahora no lo encuentro.
De todas formas entiendo que las bases de cotización a la ss de los meses hasta la resolucion ,serán las mismas que el mes anterior a la baja.
Ademas esto no tiene lógica porque en caso de enfermedad tu podrías aguantar y pedir la baja a un mes que tengas más ingresos, yo al menos no cobro todos los meses igual.
En fin, no entiendo nada
No tiene por qué. Hay convenios que complementan al 100% el importe estando de baja, pero hay convenios que no, por lo que el mes anterior de la baja pues cobrar el 100%, y los meses siguientes cobrar solo un 75% por ejemplo...
Ya ,pero la base de cotizacióna la ss en ambos caso tiene que ser el 100%...otra cosa es lo que te pagen, 75% etc...en mi caso por convenio es el 100%.
Pero es un porcentaje de la base es decir sobre el total
Hola, pues a mí me siguen apareciendo como concluidos sólo los 2 primeros puntos. Mi solicitud es del 5 de Junio 2018. El Tribunal me vio el 11 de Mayo. Sabéis si en agosto trabajan o es “un mes muerto”?. Y es normal que tarden tanto?.