Si lo que pretende es conocer el estado económico de la comunidad, le digo que, en la junta ordinaria (junta anual obligada por ley) se ha de exponer la liquidación del ejercicio finalizado y en esa liquidación, se han de explicar los ingresos, los gastos y el saldo al final del año. En ese documento (que hay que aprobar por los propietarios) usted puede conocer los que pagan, cuanto pagan, los gastos que se han efectuado en ese año y que dinero tenía la comunidad (el saldo final) al finalizar el año.
Efectivamente yo lo que quiero es transparencia total para saber en que se ha gastado el dinero
Ingresos menos gastos igual al saldo.
Este documento que usted dice que tenemos que aprobar los comuneros, tendremos que tener días para poder comprobar que las cuentas cuadran y quisiera saber cuando el administrador tiene que enseñarnos ese documento.
¿ Antes de la junta, el día de la junta o cuando?
Por eso pido un extracto bancario que me parece que es el documento mejor para conocer el estado económico de la comunidad.
???? Fontanero; usted no le ha proporcionado una respuesta exacta a Iherba; lo que pretende este señor es conocer todas las trampas que el administrador realizar en la cuenta bancaria, en cualquiera de sus dos versiones, supongo la primera. movimientos de apuntes de toda la actividad bancaria relativa a la Comunidad; la ley lo admite entre dientes pero póngase a pedirlo, incluso como a lo que Fontanero sugiere para las cuentas anuales; puede probar Iherba escribiendo una carta fehaciente al Presidente, para que en el día de la reunión se le proporcione un estado de las cuentas bancarias de Comunidad; tenga la completa seguridad que no se lo van a proporcionar; nuestra ley está realizada para que no se pregunte nada de eso; nuestros sapientísimos legisladores escribieron entre dientes, nada que se parezca a una posible fiscalización por parte del propietario, que para ella, es un enano que no puede hacer preguntas, está todo escrito, todo escrito para los corruptos.
efectivamente en la reunion anual de mi comunidad se entregan ojas con lo que se supone que es el extracto bancario mas gastos deudas de morosos etc...etc.. escrito en ordenador por la oficina del administrador pero cuando se le pide el extracto echo por el banco no hay respuesta.
Mi comunidad siempre se escusa diciendo que por protección de datos, no pueden darnos los extractos bancarios pero en un extracto no se dan datos que no tengamos derecho a conocer los comuneros porque ademas en la junta ordinaria ya se nos informa quien debe dinero por lo tanto so se descubre nada nuevo. Pero en un extracto, si todo pasa por el banco como tiene que ser, si el saldo no concuerda con lo que se ha pagado, fontanero , electricista etc, es señal que falta dinero y si el presidente y el administrador no quieren enseñar los extractos, esto me hace pensar muy mal.
¡¡¡Ahora!!!, ¿Cuando el administrador tiene que enseñarnos las cuentas para que los comuneros podamos repasar los ingresos y los gastos?
Porque si lo enseña el día de la junta, no se puede repasar y cuando recojas el acta, que sera algunos días mas tarde, si ves alguna anomalía y se lo dices al presidente, entonces te contestan que se hablará en la próxima junta, osea el año siguiente.
Pongan para la proxima junta en el orden del dia, la peticion por todos los vecinos al administrador de las claves para VISUALIZAR -ojo: no para operar, sino solo visualizar-por internet la cuenta bancaria, y no dejen que les diga que no es posible. si se lo niega, es porque no quiere, simplemente, no porque no se pueda. Si les pone cualquier excusa es porque seguramente tiene algo que esconder. En muchas comunidades se hace así y ya no hay problemas en ese sentido.
Ainase, me parece una excelente idea y así lo propondré como también propondré un grupo de whatssap para que toda la comunidad sepa en todo momento lo que cualquier comunero le dice,pregunta o propone a la presidenta o al administrador porque un punto importante a favor del presidente y del administrador es que no nos enteremos lo que le dice un propietario. De esta manera no habrá posibilidad de que no respondan a una cuestión determinada que pueda beneficiar a toda la comunidad.
Diganos qué le dijo el "administrador", sr lherba, que seguro que no le hizo ninguna gracia.. sepa usted que si se niega, pueden convocar reunion extraordinaria con el unico punto del orden del dia que se proponga el cese de ese elemento, y que si se ha negado con la excusa de que no son ustedes la unica comunidad de vecinos que lleva, eso querra decir que les ha metido a ustedes en una cuenta conjunta de muchas otras comunidades, - con lo cual tendría una hipotética excusa por el tema de proteccion de datos- Si eso ocurre, su replica consiste en solicitarle de nuevo, por todos los vecinos, que su comunidad conste en una única cuenta ( a nombre de únicamente de la comunidad ) con lo cual ya no tendrá réplica y se acabaron los problemas. Si se niega, echenlo, que será por administradores...
Como ya apunte en el hilo de fecha 14/01/2016, cabía la posibilidad de que no contestase a mi solicitud y efectivamente de momento no ha contestado y ha pasado una semana.
En el correo le dije lo que me ha parecido mas importante de todas las respuestas que ustedes han puesto en este hilo.
El administrador fue nombrado en el mes de marzo del 2015 y supongo que no querrán hacer ninguna junta hasta que se cumpla el año.
No se preocupen que en cuanto tenga alguna noticia, serán debidamente informados y mientras tanto admito todas las sugerencia que me puedan dar, que serán recibidas por mi parte con enorme gratitud.
Saludos
El año pasado ya se incluyó este tema en el orden del día a petición mía. La administradora respondió en la reunión exactamente igual a lo dicho por ainase: que eso no se podía llevar a cabo porque suponía una intromisión en los asuntos de las otras comunidades que administraba y que estaba prohibido por la protección de datos.
Expuse en este foro lo que me había contestado la administradora y me dijeron lo mismo que ha dicho airase. Por lo tanto, en la próxima reunión volveré a incluirlo en el orden del día, esta vez mejor informada.
Al resto de propietarios les gustó la idea, excepto a sus amigos que, por cierto, le dieron la razón.
Intercedo o entro de nuevo, este tema ya lo hemos tratado hasta la saciedad; el hecho que la cuenta bancaria no sea única en todos sus apuntes como titular la comunidad, es una razon suficiente para prescindir de esa administración; el 99,99% de los enjuages y robos por parte de los apuntes agrupados en varias comunidades es debido a eso, han de descartarlo contundentemente; efectivamente el administrador se escuda con la ley de Proteccion de Datos que de ninguna manera es aplicable en las comunidades gobernadas con una sola cuenta a nombre de la misma; el propietario debe de conocer todo y tener transparencia de todos, ojo, no de lo que ocurre en su casa, sino en lo que concierne extrictamente a las cuentas comuneras ; debe de conocer en todo momento cualquier apunte de cualquier propietario que forma SU Comunidad; ahora bien, eso sería la ley, no la ley que proteje a los defraudadores tan bien hecha para ellos; pongase a pedir un extracto de cuenta de la Comunidad; además que la demanda se debe llevar por los medios que ésta concede, nuestra ley permite que estos sinverguenzas obliguen al peticionario a montar una impugnación en regla demandando con abogado y procurador; para más INRI, el juez hasta puede desestimar la petición por entender que nuestra Junta cumple con el mandato de la ley; dice así... la documentación estará siempre a disposicion de los propietarios,,,,,pero consta la letra menuda, que uno solo no puede exigir sino pagar como un cabron salvo que le sobre el dinero para pleitear y sino pregunten a éstos "sabiondos" de la ley que pululan por estos lares , conocen al dedillo todas las trampas que tienen a mano los administradores......
Otra aspecto oscuro mas de la LPH. Sería muy fácil legislar para que todos los miembros de la comunidad tuvieran el derecho a consultar, en modo lectura, todos los movimientos de las cuentas de la comunidad. Pero se deja en manos del administrador que pueda maquillar después las cuentas todo lo que le de la gana, y poner aquí, quitar allí, para que le cuadren los números, pero son números que no reflejan la realidad de en qué se ha gastado el dinero. Todo se maquilla en las cuentas de muchas comunidades. Pero como no interesa legislar para que haya transparencia e información de verdad....
Volviendo sobre el tema de referencia, hoy me he tomado el trabajo de leerme con detalle todos los 24 artículos de la nueva ley de Propiedad Horizontal, que para mí , en general, es un fiasco, este es un tema que trataré en otro momento.
Compruebo que en ninguno de los 24 artículos se habla sobre el tipo de administración en la exposición de cuentas; no existe reglamento específico por parte de lo asignado a la Junta de como presentar el cuadro de gastos, se entiende que la ley ignora o permite que cada cual lo haga a su manera, sea la administración de grandes dimensiones o de cuatro integrantes, por tanto, se puede hacer como la cuenta de la vieja contabilidad del clavo o como por ejemplo con gran habilidad establecen algunos indecentes administradores, la ley les protege en este sentido; en ningún lugar de los 24 sinuosas, machaconas y contundentes obligaciones que SIEMPRE OBLIGAN a cumplir unas normas que de ninguna manera deberían estar tan duramente establecidas sin otra defensa que el sistema establece, EL DE MAYORIAS (en la mayor parte de los casos salpicadas por la corrupción Y EN TODO CASO, con ausencia de las más escrupulosas normas del derecho de cada persona de exigir por medios naturales la más mínima ley que permita a CADA PROPIETARIOS, poder hacer uso del derecho de exigir y comprobar documentación en tiempo y lugar y nó farragosamente en la forma que se supone la administración entiende para la comprobación de , en su mayoría, de los farragosos sistemas antedilubianos que emplean los que hacen los números y con la única forma de combatir que ofrece la ley , es la impugnación, que es lo más innoble que nuestra ley ofrece para resolver los conflictos comuneros, por el atropellado coste judicial que contrae , acto no recomendable en todos los casos..
Coincido totalmente con usted damaot, se debería exigir un cambio inmediato de la LPH ahora que los tiempos en la política están cambiando... que asco de país corrupto.
Todo esto está muy bien y ya se ve claramente que todo está a favor de los administradores pero no sería mejor hacer unas normas claras y sencillas aprobadas por los propietarios y que el administrador se atenga a estas normas de carácter interno y pasar de lo que diga la LPH.
Ejemplo: cada mes se tiene que informar del saldo de la cuenta y de los pagos e ingresos que hay.
Y el administrador que no lo haga de esa manera se le destituye y punto.
No creo que sean muchos los temas realmente importantes que haya en la comunidad y por eso se paga a un administrador. Nosotros pagamos 150€ cada mes. Me parece que por esa cantidad puede estar dos días trabajando para esa comunidad.
No es cuestión de ir contra la ley ni contra el código civil es simplemente tener unos estatutos de obligado cumplimiento mensual o trimestral que el presidente tiene que hacer cumplir al administrador si quiere llevar la comunidad.
Esa es la cuestión sr. lherba, es justamente lo que hay que hacer cuando se "contrata" al administrador: DEJARLE LAS COSAS CLARAS POR ESCRITO, en un contrato entre ambos, empezando por exigir una unica cuenta en la que no solo figure el administrador, sino tambien presidente y secretario, y que las claves para VISUALIZAR las tenga la comunidad ( los vecinos ) para que puedan ver en cualquier momento la cuenta. Como vecinos ( y parte interesada) éstos tienen el DERECHO de ver cualquier gasto/factura que se haya pasado al cobro por el banco. También está el tema del envío de las ACTAS de reunión; hay que dejar BIEN CLARO que éstas se deben remitir a todos los propietarios en el plazo de 10 días, y es una muy buena opción que sea mediante E-Mail, para evitar "gastos" innecesarios de correo.
Y si no quiere firmarlo, pues se busca otro y arreando.
Si la administradora se ve obligada a darme la clave para visualizar la cuenta de mi comunidad, ¿puede exigirme la entrega de mis escrituras como condición sine qua non para facilitarme dicha clave?
Es la primera vez que oigo semejante petición... la escritura original no, desde luego, es un documento que tiene que tener el propietario únicamente, una copia...yo diria que tampoco, pero a efectos legales le tendría que responder un abogado,( yo no lo soy) pero me da a mi que lo único que quiere esta "señora" es fastidiarla a usted para que deje de pedirle las claves... es usted propietaria? si es así, ella ( teoricamente ) debería saberlo, puesto que le pasa al cobro cada mes los gastos y la comunidad, no ? pues con eso ya puede rebatirle el que le pida la escritura. Con eso queda demostrado que usted es propietaria. Si aun asi se pone farruca, lo mejor es que en la proxima junta uno de los puntos del orden del dia sea exigirle las claves para visualizar la cuenta. Si lo firma la mayoria, esa "señora" no podra negarse. si usted tiene un poco de paciencia y se lo explica a todos los vecinos que pueda, cuando llegue la hora de firmar por mayoria la tipeja esa tendrá que pasar por el aro.
Ya nos contará. Y animo, no se deje pisotear, que a los "chulitos" como esa tipa, les fastidia mucho que alguien sepa de lo que está hablando, con fundamento...
Sí, soy propietaria y a los demás les pareció muy bien tener la clave para visualizar las cuentas. En la próxima reunión lo pondré en el orden del día como hice el año pasado.
Hablaré con los demás propietarios para ver si van a votar mi propuesta. Lo malo es que si ella se resiste es muy probable que no voten a mi favor, porque eso supondría ponerse en contra de ella y de sus amigo, que son mayoría.
Ya os informaré del resultado de la reunión que se celebrará antes o después del verano.
Gracias por la información.