Enhorabuena por la compra y que la disfrute muchos años: Valencia exige Cédula de Habitabilidad para la compraventa, pero se puede sustituir por un informe de un técnico que acredite que la casa es habitable.
Muchas gracias compañero, has entendido perfectamente lo que queria consultar! Escribo desde Valencia y la idea es comprar para hacer de esta casa nuestro hogar, asique asumiriamos que se queda tal cual a nivel escrituras
La casa tiene, en realidad, 170 m2, distribuidos en tres plantas de aproximadamente 55 m2 cada una.
Pero en el Registro de la Propiedad la casa figura registrada como de 160 m2, en tres plantas de 40 m2 cada una. Y tiene inscrito el fin de obra (supongo).
En principio, si el precio le conviene puede usted comprarla así, no pasa nada malo.
¿Desde que Comunidad escribe?
Si la casa tiene licencia de primera ocupación y/o cédula de habitabilidad, no debe preocuparse de nada: simplemente, es un poco más grande ¡mejor!
Si no tiene cédula de habitabilidad y/o licencia de primera ocupación, según la CCAA puede usted tener problemas para escriturar/inscribir, pero no creo que sea el caso o el banco no la vendería.
¿Tiene la casa agua, luz y gas? algunas compañías exigen licencia de primera ocupación para dar el alta.
Vamos a suponer que todo va bien, que usted compra, y que luego decide regularizar su nueva casita:
1- No creo que gane usted nada por inscribir que la casa es más grande, a no ser que en un futuro quiera revenderla. Por el catastro no se preocupe, es tan sólo una matrícula de los obligados al pago de contribución.
2- Si aún así quiere regularizar la nueva superficie, debe primero consultar en el ayuntamiento si la parcela tiene agotada la volumetría/edificabilidad, o si el exceso es legalizable. Si la casa no "cabe" en la parcela, olvídese, déjela así.
3- Si la cabe la edificabilidad, en el Registro podemos hacer un "expediente de mayor cabida", y es sencillito, porque solamente queremos inscribir una superficie inferior al 10 % originario (si he entendido bien las cifras de su relato).
4- ¿Qué años tiene la casa? Un arquitecto deberá hacerle un informe que refleje que la casa está en buen estado, es habitable, y cumple la normativa, con ello y el pago de una licencia podrá regularizar la mayor superficie en el ayuntamiento. Con el mismo informe de arquitecto, hace usted un acta notarial y la lleva al Registro.
¿Coste? no me atrevo a dar una cifra: arquitecto, licencia, Notaría, Registro... depende -en parte- del valor que le asignemos a los metros de exceso.
Pero insisto, el coste sólo compensa si piensa usted revender. Si no, puede usted dejarlo así y vivir tan tranquilo durante años y años.
Hola, queria hacer una consulta. Estamos viendo una vivienda de banco de 170m, distribuida en 3 plantas. Siendo cada planta de unos 55m. El "problema" viene cuando en catastro esta actualizada con los 170m pero en escritura aparece obra de 40m. Donde estan los 15m que faltan de base? Pienso que estarian destinados a un patio interior y al hacer la reforma lo cerraron. El banco dice que vende tal cual, que si quiero que lo cambie yo.
Que precio tendria la actualizacion en escritura? Algun problema legal que deba tener en cuenta? Muchas gracias por adelantado