Es legal si hay acuerdo y así se hace la adjudicación.
A efectos de Hacienda habrá que ver si el reparto se ajusta a la declaración del I. de Sucesiones. Si hay exceso de adjudicación por parte de alguien, tendrá que pagar el I. de Transmisiones.
Buenas tardes,
en una herencia con cinco herederos, hay un bien inmueble, un coche, varias cuentas bancarias y 10 participaciones sociales de una S.L. que representan el 8% de la empresa.
El abogado de uno de los herederos está redactando el cuaderno particional en el cual nos adjudica a tres herederos (una sola familia) el piso, con lo que yo tengo que compensar a otro heredero.
Hasta aquí creo que todo es correcto.
El problema es que yo ya poseo de otra herencia el 4% de dicha empresa y me interesa recibir de esta herencia un 1% , para así poseer el 5% y poder ejercer diversos derechos dentro de ella.
La pregunta es: ¿puedo adjudicarme también ese 1% y compensar al resto de herederos?
Muchas gracias