los excedentes voluntarios que carecen de derecho a reserva de puesto de trabajo. Con relación
a estos el criterio mayoritario es el de excluirles de los procesos electorales, aun cuando existen resoluciones puntuales que han admitido la inclusión como electores y elegibles.
Dicho esto si se reincorpora en un mes mas o menos considero que si puede constar en el censo y por tanto participar como elector o elegible siempre que cumpla los otros requisitos como el tiempo o antigüedad en la empresa y la edad física.
SMO
He pedido una excedencia voluntaria y me incorporo al trabajo en un mes. Se que la empresa va a retrasar mi vuelta todo lo posible. Y en breve hay elecciones sindicales. Mi pregunta es ¿puedo presentarme a dichas elecciones?. Puedo votar? si llega el dia de mi incorporacion y la empresa la retrasa y llegan las elecciones podria ser miembro del comite de empresa o delegado sindical?gracias