Queria saber si es obligatorio para la empresa conceder una excedencia en caso de que la solicite el trabajador (y que no haya ningun trabajador mas en excedencia)
En el caso de que te refieras a la excedencia voluntaria, el trabajador deberá tener una antigüedad mínima de un año en la empresa y es necesario que hayan transcurrido más de 4 años desde el final de su anterior excedencia.
Antes de nada, conviene que leas lo que dice tu convenio colectivo al respecto.
A pesar de que la legislación no exija disponer de un contrato indefinido para ello, ésa es la tendencia de la jurisprudencia. De todos modos, también se suele conceder la excedencia en los contratos temporales (sin llegar a pensar por ello, que dicha excedencia prorroga o retrasa la terminación de tu contrato).
En la excedencia voluntaria no hay porqué alegar causa alguna, con lo que es suficiente con pedirla sin necesidad de exponer las razones.
Por lo tanto, la empresa está obligada a concedértela y de lo contrario, puedes hacer uso de tu derecho a demandar. Lo que hayas oído sobre que ofrece el despido... dependerá de la ética de cada empresa.