Hola a todos, me gustaría saber si al haber disfrutado de un periodo de excedencia voluntaría, ese periodo computa a la hora de un despido improcedente o una negociación entre la empresa y el trabajador, dentro del convenio del comercio textil.
Muchisimas gracias
Si no es por cuidado de hijos o algun otro de los suspuestos en los que si computa como antiguedad, al menos parcialmente, la excedencia no computa como antiguedad.
La razón que se alegó para la excendencia eran "motivos personales" que es una de las causas por las que se puede solicitar también.
Entonces ¿computa a la hora de cobrar cuatrienios,pero si te despiden no?
Gracias