hola , q tal chicos?? bueno , menos mal e dado con este foro y espero , me gustaria q me ayudarais a resolver una duda , e seguido el procesoo de lecolega , q jaleo tio , me gustaria q me aportes datos te agradeceria muxo. a ver , tengo una excedencia de 2 años....pensaba ir a estudiar fuera pero en finnnn, ahora se me presenta la oportunidaad de currar una temporada , pero SI DESPUES DE UNOS MESES ME DESPIDEN , cobraria el paro de el trabajo q estoy excente?? tengo al rededor de 7 años cotizados ?? tendria algun problema??? joooo , mira q si lo seeeee. espero respuestasss .. un abrazo .
siento mucho llevarle la contraria a Bea08, pero mi caso real vivido ha sido contrario a lo que expone Bea08.
14 años cotizados en la misma empresa, pido 3 años excendencia voluntaria, me voy a trabajar a otra empresa, (despedido a los 6 meses), y el inem me concede mis 2 años acumulados de paro. aunque afortunadamente solo he cobrado 2 meses, al tercero he encontrado un trabajo mejor al anterior.
en mi caso no he actuado ni pretendia actuar de forma para cobrar el paro por la cara, teniendo oportunidad de trabajar. la cosa es que se me concedió.
bien podría haberme tirado 2 años cobrando sin hacer nada cerca de 900 euros limpios. pero no era el caso. es mas la base del ultimo trabajo (6 MESES) es la que han cogido para la cuantia concedida (que en mi caso esa base era menor a la del trabajo en excedencia)
alomejor gente que lo haga con el afan de cobrar paro aprovechando el hueco de la ley, no tengan el final positivo que tuvo mi caso.
puedes arriesgarte, alomejor te lo conceden, pero almenos deberías estar un tiempecito, en mi caso hice la excedencia para irme a otro trabajo con contrato indefinido, me imagino que eso lo habran tenido en cuenta en el inem para concederme el paro. Fui practicamente engañado por la empresa que me puso muchos caramelos y despues me encontré muchas piedras.
así que me he tirado julio-agosto en el paro, (de vacaciones en la playa) y despues resultó que me dieron un dinerito, y justo al terminar el verano encontré un trabajo nuevo. tengo que decir que SOY AFORTUNADO.
No hay problema, lecolega, está claro que aquí lo que cuentan son las experiencias personales, puesto que es lo que refleja la realidad. Pido disculpas entonces a sebastiano por la información incorrecta, puesto que yo respondí en función de información legal que he estado leyendo, con lo que veo que o lo leí mal o que ésta no era correcta. En tu caso, lecolega, cuando fuiste al paro despues de que te despidieran, comentaste que estabas de excedencia en el trabajo anterior?y otra pregunta, en el trabajo nuevo del que te despidieron, ¿empezaste inmediatamente que cogiste la excedencia, o estuviste un tiempo de baja en la seguridad social?
Cuando fuí al Inem entregué el certificado de empresa ultima por 172 días trabajados, y tambien el de la empresa en excedencia, porque lo necesitaban por no haber llegado a los 180 días en la ultima empresa. Así pues si que lo entregué y se veía que estaba en excedencia (no lo oculté).
Yo cogí la excedencia y comencé a los 5 días a trabajar en el nuevo sitio, con lo cual si que estuve varios días de baja en seguridad social, aunque no me dí de alta en el inem ya que tenía firmado el nuevo contrato desde hacía 1 mes, y tenía seguro que dejaba un trabajo para ir a otro, aunque me tome 5 días libres en medio.
puedo pedir una excedencia de 1 año, es decir, 6 meses este año (2009) y 6 meses del año que viene (2010).
Os lo pregunto ya que la empresa dijo que eso no lo puedo hacer, sino tiene que ser continuo.
Me pregunto yo ¿que mas da cuando, si sigue siendo 1 año?
Por favor alquien me puede asesorar o sino donde puedo buscar información necesaria.
Muchas gracias y un saludo.
leo: la empresa, en el caso de la excedencia voluntaria, no tiene porque aceptar lo que planteas (con la ley y los criterios jprudenciales vigentes en la mano)
Según lo veo yo, si te pides la excedencia por 1 año, y le avisas que la fecha de inicio sería el 1 de julio 2009 hasta el 30 junio 2010, tendrías lo que consultas, siendo legal un periodo continuo de 1año, en los que 6 meses corresponden a 2009 y los otros 6 meses a 2010.
Eso creo yo que si es posible, otra cosa es elegir un período de 6 meses y otro de 6 meses, sin ser continuos en el tiempo.
Hola arthurmcarthur,
no entindo porque dices que la empresa no tiene porque aceptar lo que le planteo, ya que es justo lo que dice lecolega, el periodo que solicito es de 1 año, con la fecha de inicio el 1 de julio 2009 hasta el 30 junio 2010, solo que es 6 meses este año y los siguientes 6 en 2010, sigue siendo continuo.
Agradezco a los dos las aclaraciones aportadas.
Salud@s
no das muchos datos pero entiendo que la excedencia voluntaria tiene una duración mínima de dos años, a no ser que en tu convenio colectivo esté estipulado de otra forma.
Hola, perdonad porque no tengo una respuesta sobre esto, pero estoy en una situación extrema, y he visto que tenéis muchos conocimentos. ¿Podéis intentar ayudarme? Gracias!
Trabajo en una multinacional hace 8 años. Los 2 últimos he disfrutado de jornada reducida por guarda de 2 menores. Hace un mes volví a la jornada completa (por motivos que ahora explicaré), y esta semana justo me han despedido. ¿Puede ser nulo? Los motivos de volver a completa: en mi departamento una compañera está de baja de maternidad, y me pidieron que yo cubriera parte de su trabajo además del mío. Como muestra de mi compromiso con la compañía acepté. Así que en la solicitud puse que estaba dispuesta, que "suspendía" temporalmente mi reducción, durante la baja de maternidad de mi compañera. Y ahora me he encontrado con esto. ¿Qué opciones legales tengo? La empresa me ha ofrecido (aunque sin documentar de momento) algún beneficio adicional a los 45 días, pero no es lo que me interesa. Gracias por vuestras opiniones.
Hola, ojala me puedan ayudar. soy vigilante de seguridad y pedi excedencia por 6 meses, al cumplirse el tiempo solicite la incorporacion en tiempo y forma, y la empresa me responde con carta diciendo que no disponen de servicio en el que ubicarme. Aunque se que algunos vigilantes estan haciendo horas extras y que se llegaria a mi computo de horas. ¿Es esto legal? gracias de antemano
Despues de todo lo leido desde el principio he concluido, que por ejemplo:
Si solicito una excedencia voluntaria por 2 años de enero 2007 a enero 2009 y se presentan los siguientes supuestos:
1.- Durante este periodo no tengo derecho al paro porque la situación de desempleo en que se encuentra es voluntaria y esto no se considera situación legal de desempleo. La empresa te hace un finiquito por excedencia voluntaria pagandote la parte proporcional de las pagas extras ( navidad verano vacaciones sueldo de los dias trabajados )
2.- Puedo reincorporarme en mayo del 2007 ( antes de finalizar la excedencia enero 2009) ? En principio la empresa no esta obligada a reincorpararte ni ha responder la solicitud, por lo tanto no puede cobrar el paro.Si hay buenas relaciones con la empresa te puede reincorporar antes.
3.- Cuando puedo cobrar el paro ? Un mes antes de finalizar la excedencia osea en diciembre 2008 debes solicitar a la empresa tu reincorporación, si la respuesta es negativa podrás cobrar la prestación por desempleo por los meses que te corresponde o hasta que la empresa te vuelva a reincorporar.
4.- Esta obligada la empresa a reincorporate en enero 2009? Si no tiene plazas vacantes no esta obligada por la cual te dará una carta denegando la reincorporación, si se presentara una vacante el solicitante de la excedencia tiene preferencia frente a otros para cubrir la vacante siempre que las condiciones sean iguales o similares al anterior puesto de trabajo, salvo acuerdo entre empleado y empresa.
5.- Si teniendo plazas vacantes la empresa no te reincorpora, se entenderá entonces como un despido improcedente por lo tanto te pagará la indemnización.
6.- Si la empresa te reincorpora y luego te despide y éste es inprocedente, tendras que cobrar la indemnización por despido improcedente y derecho a la prestación por desempleo
7.- Si encuentro otro trabajo en febrero 2007 y me despiden despues de los 6 meses ( agosto 07 ) tengo derecho al paro ? Sí, tendras derecho al paro sólo el de tu 2do trabajo por la parte y tiempo trabajado en éste.
8.- Si encuentro otro trabajo en febrero 2007 y me despiden antes de los 6 meses ( abril 07 ) tengo derecho al paro ? No por que no he cumplido el tiempo minimo que otorga derecho a cobrar la prestación ( 6 meses laborados ).
Mis dudas:
Cómo demostrar legalmente que la empresa tiene plazas vacantes y no quiere reincorporarme ?
Mi experiencia fue que no llegué a cotizar los 6 meses en la 2ª empresa, y el Inem me concedió 2 años de paro, o sea que me cotabilizó también el período de la 1ª empresa.
Por lo demás todo de acuerdo. Aunque el punto 5, tiene jaleo para demostrarlo y conseguirlo
La consulta que haces, es difícil de demostrar, a no ser que cuentes con antiguos compañeros que te avisen de esas plazas vacantes, y puedas demostrar que tal o cual persona ha sido contratada en un puesto de tú categoria, despues de haber tú pedido la reincorporación, y habertela negado la empresa.
Es la primera vez que entro en el foro. He estado leyendo vuestros comentarios y yo estoy en una situación que a ver si me podeís aclarar.
Después de 9 años en la misma empresa en un puesto de responsabilidad, pido una excedencia voluntaria para irme al Inglaterra a perfeccionar mi inglés. Me dicen que no hay ningún problema. Durante este tiempo, una persona de una categoría inferior a la mía, por un plus, realizó parte de mi trabajo, pero en diciembre pidió la baja voluntaria porque no podía más.
Deciden hacer un movieminto en la empresa y colocan en mi puesto, aunque con una categoría inferior, a otra persona de la empresa, a la que si no, de otra manera, y por la situación actual iban a tener que despedir. (con lo que se ahorran la indemnización)
Ella no estaba muy convencida de aceptar mi puesto, sobre todo porque no sabía qué iba a pasar con ella cuando yo volviese. Le prometen que no va a haber ningún problema, y acepta.
Ahora, ¿qué pasa conmigo? Mi Jefe me propone,porque además, y según él, va a ser "muchísimo" mejor para mí, trasladarme a Madrid a la Central de la empresa. Me dice que me mantiene el salario (cosa a la que está obligado) pero que no me puede mantener la categoria.
En mi contrato de trabajo tengo firmada disponibilidad geográfica.
¿Estoy obligada a aceptarlo? ¿Si no lo hago, es una baja voluntaria, puedo alegar "cambio sustancial en las condiciones del contrato" y que me paguen algo?
¿qué opciones tengo?
Mi opinión es que lo que quieren es que te vayas, te envían a otra ciudad (para fastidiar), si tienes firmada disponibilidad geográfica no creo que puedas reclamar nada.
Más aún cuando pueden demostrar que tu puesto está ocpuado, otra cosa es que te cambien la categoria, eso ya no estoy seguro.
Pero si no te importa irte a Madrid y quieres seguir trabajando en la empresa, hazlo.
Seguramente si eres una persona válida, en cuánto empieces a trabajar otra vez, y vean que estas por la empresa, posiblemente recuperes el tiempo y mejores situación, incluso vuelta al mismo lugar.
¿Sabes lo mejor de todo? Que me consideran una persona válida en la empresa y por eso me ofrecen irme a la Central (puesto por el que ya pasé hace unos años).
Te puedo asegurar que si mi jefe no quisiera, directamente me habrían mandado a la calle (al final lo que importa es el dinero y no las personas).