no entiendo mucho del tema, pero creo que sí es legal. De hecho lo que pretende la empresa con ello es que te olvides de ellos.
Ojalá a mí me hubieran ofrecido un puesto aunque fuese lejos, sin duda lo hubiera cojido (ellos no lo esperarían) (hubiera hecho lo imposible, habitación alquiler , lo que sea) pero hubiera recuperado el puesto, y ya después se vería.
Porque así ya estarías trabajando y en tal caso si no te quisieran te tendrían que despedir.
Ellos han conseguido que incluso en el inem te puedan poner pegas para cobrar el paro.
Y lo del sueldo 40% menos será porque el puesto es diferente o el convenio es más bajo, o algo así porque es mucha diferencia.
Yo sido a la expectativa, con un burofax que no hay plazas disponibles.
¿cuánto tiempo has estado de excedencia, cuánto tiempo has estado en la última empresa?
porque si has estado más de 6 meses en la última empresa, no tendrás que presentar nada de la reincorporación, solamente de la última empresa, revisaló rápido porque hay 15 días sólo para esas gestiones.
Ya que tienes abogado, lo mejor es que él sea el que te de consejo de como actuar.
Llebaba 4 años en una empresa, todo bien hasta que decidi ir al comité de empresa y empezaron a hacerme la vida imposible.
Finalmente cogí una excedencia alegando problemas personales por mi situación de representante de los trabajadores y la empresa me lo concedió.
Al mes encontré otro trabajo.Pues bien, justo el mes en que se me acaba la excedencia me han despedido del 2 trabajo....
He pedido la reincorporación a la primera empresa y me han mandado un burofax ofreciendome un puesto a 700Km de mi ciudad y cobrando un 40% menos de lo que percibía antes de coger la excedencia.
Mi abogado les ha enviado un burofax en mi nombre indicando que no es de recibo ofrecer un puesto a 700km y con un 40% menos de lo que cobraba y que es obio que no quieren que vuelva dado que cogi la excedencia por presión sindical.
Buenos, pues a este burofax.... la empresa no ha contestado....
Ahora tengo 2 preguntas:
¿Es legal ofrecer un puesto a 700Km y cobrando un 40%?
¿No están obligados a contestarme?
y por ultimo....
¿tendré algún problema para cobrar el paro si presento la carta de reincorporación, la contestación de la empresa, y la contestación de mi abogado?
1. en el inem ningún problema, de hecho tenía opción a recuperar el paro anterior o hacer la cuenta con el nuevo tiempo cotizado, finalmente se ha elegido la opción que daba una base más alta.
2. la empresa original ha contestado que no hay vacantes disponible en este momento.
Así que ahora toca ponerle una demanda a la empresa, reclamándole que si que están contratando personal, entonces ya veremos como sigue el tema.
A partir de este punto creo que o bien readmiten, o bien se considera un despido y tienen que indemnizar por la antiguedad que tenía en el momento que pedí la excedencia.
Particularmente preferiría la reincorporación, pero bueno ya se verá. Lo malo es que ahora este tipo de demandas si que cuestan dinero, no sé cuánto pero cuestan, aparte del abogado laborista.
Hoy me han dado el finiquito objetivo por circunstancias economicas de la empresa. Más de 4 años de antiguedad y me veo nuevamente en el Inem.
Suerte que hace 10 días solicite a la empresa original la readmisión por finalizar el período de 5 años de excedencia. Aún espero respuesta de la empresa.
La cosa está así, ya veremos si me readmiten y vuelvo a mi empresa de toda la vida, o continuo peripecias varias como una gran parte de los apuntados al Inem.
Voy a vivir de primera mano todas las posibilidades que tiene pedir una excedencia voluntaria.
Seguiré comentandolo por aquí, por si puede servir de ayuda.
Hola a todos!
Después de leerme grande parte de los posts. Me quedo con unas dudas.
Primero expongo mi situación:
- contrato indefinido; 4,5 años de antigüedad
- Convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos
- Pienso solicitar una excedencia/permiso sin sueldo de 6 meses para viajar.
- A la empresa creo que le podrá interesar mi reincorporación al final de los 6 meses.
Dudas:
- Según convenio el periodo máximo de permiso sin sueldo es de 1 mes. Igualmente se puede llegar a acuerdo con la empresa hasta los 6 meses?
- Si pido una excedencia puedo negociar la reserva del puesto de trabajo? No pone nada en mi convenio sobre la reserva del puesto. Si si hay reserva del puesto, esto implica que tienen de contratar un "substituto"?
- Si cuando se termine la excedencia, no me reincorporan. Son termos de negociación si la baja es voluntaria, o sea si hay despido o no? Esta duda viene del post de Pinxet (08/04/2012): “- Si solicito la incorporación y no me readmiten ¿tengo derecho a paro? NO. HAS DE SER DESPEDIDA O AL MENOS, LA EMPRESA DEBERÁ RECONOCER COMO MOTIVO DE LA BAJA ANTE LA SS ''NO VOLUNTARIA''.”
- La indemnización (de 4 años de trabajo) como queda? Supongo si a la vuelta, no me reincorporan pierdo el derecho a ella? O también esto se puede negociar?
Muchas gracias a todos
Tengo bastante claro todo el concepto de la excedencia menos una cosita, a ver si me podeis ayudar. Tengo pensado cojerme una excedencia de Enero de 2013 a Diciembre de 2013. Se, porque cada año durante los 7 años que trabajo, que en Enero siempre se contratan a 2-3 personas con un puesto exactamente igual al mio, durante 5-6 meses para ayudar en nuestra temporada de más trabajo. Si yo cojo la excedencia, especifíco que es por aun año, de 1 de Enero a 1 de Diciembre. Estaría obligada la empresa a recontratarme el 1 de enero al haber (es absolutamente seguro que las habrá debido a la estacionalidad del negocio) 3 plazas iguales que la mia, aunque de caracter temporal? Si es así, deberían mantenerme mi sueldo y condiciones o deberia adaptarme yo a las de los temporales (menor sueldo basicamente)
muchisimas gracias por todos vuestros aportes. Si me dicen que no me quieren coger, entiendo que entonces tendría derecho a indemnización y posterior paro, correcto?
Reescribe el documento de petición de excedencia y en observaciones pon que te acoges a excedencia voluntaria por motivos de formación conforme al art 23.b del Estatuto de los trabajadores. Mira en tu convenio si tienes derecho a reserva del puesto y si no lo contempla, yo pediría mejor una licencia pactada en 6 meses (que es lo máximo en licencias) así te aseguras la incorporación. Mira también si tu convenio está acogido al Real Decreto Ley 1/1995 de 24 de marzo en materia de formación ya que ahí se contempla "derecho a aprender idiomas". Pregunta a tu jefe quién va a suplir tu puesto ya que éste puede desaparecer por arte de magia...
Hola, os voy a presentar mi caso a ver si me podeis ayudar, resulta que yo he pedido una excedencia de 6 meses para irme a otro pais a aprender un idioma, llevo 6 años trabajando en la empresa, mi jefe me lo ha concedido, pero me ha dicho q tengo q firmar una liquidación por las vacaciones no disfrutadas en este año, ¿eso es asi? otra pregunta, si vuelvo al cabo de los seis meses y mi jefe me despide me tendria que indemnizar por ese mes o por todo el periodo que he estado trabajando, porque si me da liquidacion.. ¿no es como si me estuviera extinguiendo el contrato?
Gracias,
Un Saludo
Pues visto así, tiene toda la pinta que ese trabajillo de 1 mes era para poder justificar despues ir al inem y pedir el desempleo.
Según ellos pensarán que así te tiras 2 añitos por la cara cobrando y sin trabajar. Y más en las circunstancias que estamos pasando, que un puesto de trabajo es un tesoro.
Deberías haber pedido una reducción jornada por cuidado de menor, y la empresa obligatoriamente te lo tendría que haber dado, incluso más, en el tiempo que estuvieras acogida a esa reducción, practicamente tu puesto estaría asegurado, porque es difícil que te despedieran en tal situación.
Respecto a tu consulta inicial, veo normal los pasos seguidos por el empleado del Inem, aunque quizás las formas no fueran las correctas.
Si sólo ha sido 1 mes, y leyendo que estabas dispuesta a ir trabajando temporalmente, pues intenta encontrar otro trabajo temporal y olvidate del Inem, porque cumple los requisitos clásicos de "fraude de ley" o algo así...
En tu caso si otra persona nos lee, que sepa que lo mejor es reducción jornado por guarda legal, con lo cual sigues trabajando y compatibilizas tiempo para poder atender a la familia.
A ver que opinión te dan otros entendidos en estos temas.
Hola , queria exponer mi situacion para que me asegurase un abogado laboralista si estoy informada correctamente. Mi caso es el siguiente: he estado trabajando en la misma empresa mas de 9 años , soy madre de 4 niños , por lo cual me es muy complicado concililar la vida laboral y familiar unido a la situacion del departamento en el que en estos momentos de crisis se abusa debido a la dificultad para encontrar trabajo. Yo he decidido cogerme una excedencia voluntaria del maximo de tiempo , 5 años. Me he informado que al marcharme no puedo solicitar el paro , pero que al finalizar los 5 años tengo preferencia para un puesto de mi misma categoria. Tambien me informe que en este periodo de tiempo de 5 años puedo buscar otros trabajos . Por mi situacion he pensado buscar trabajos temporales que me permitan tener el verano libre para poder cuidar de mi familia , por lo menos en estos 5 años. Llame al telefono de informacion del inem y exponiendo lo que acabo de contar , pregunte que si entre trabajo temporal podria solicitar el paro al estar entonces como desempleada y no pudiendo pedir la incorporacion en mi antigua empresa hasta que cumpla los 5 años.
He tenido suerte y 2 semanas despues de solicitar la excedencia voluntaria me cogieron para 1 mes para una campaña de marketing. Acabo de finalizar mi trabajo y con todos mis papeles en regla he ido a presentarlos .
He topado con una persona desagradable no lo siguiente y sin mediar palabra me ha dicho que estoy haciendo un posible fraude y que mi solicitus la manda a inspeccion . La he intentado explicar que se me ha informado en reiteradas ocasiones que no tendria problema y que no era necesario los 3 meses de alta como en caso de baja voluntaria .
No ha querido escucharme y directamente me ha tratado fatal como si estuviera defraudando.
Me gustaria saber si tengo derecho que creo que si y si lo mandan a inspeccion que tiempo tardan aproximadamente en estos casos y si podrian denegarmelo .
Maite070, lee esto :
Artículo 46. Excedencias.
1. La excedencia podrá ser voluntaria o forzosa. La forzosa, que dará derecho a la conservación del puesto y al cómputo de al antigüedad de su vigencia, se concederá por la designación o elección para un cargo público que imposibilite la asistencia al trabajo. El reingreso deberá ser solicitado dentro del mes siguiente al ceses en el cargo público.
(Nota: apartado 2, en su redacción dada por la Ley Orgánica 3/2007):
2. El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
(Nota: apartado 3, en redacción dada por Ley 39/99, de 5 de Noviembre).
(Nota: párrafos 1º, 2º y 3º del apartado 3, en su redacción dada por la Ley Orgánica 3/2007):
5. El trabajador excedente conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual
o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en al empresa.
Maite070 : Lo de la excedencia es una idea tuya o ha sido sugerida por ''tu Empresa'' ?
Completamente de acuerdo con pinxet y lecolega en cuanto a pedir excedencia.Mucho cuidado. El Estatuto de los trabajadores es la norma mínima y dice que tienes derecho a pedir excedencia pero sólo con preferencia de reincorporacion el primer año. Por eso es muy importante el convenio, pero ¡ojo! que el mio tiene RESERVA DEL PUESTO y aún así, se me despacharon con que el puesto había desaparecido. Te lo aseguras si lo pides por cuidado de un familiar mayor (padres, abuelos). También tienes alguna oportunidad si lo pides para formación ya que el Estatuto ampara en el art 23.b la reserva del puesto en este supuesto. En cuanto a poder trabajar en la competencia, normalmente no les gusta pero mira el convenio que también puede hablar de incompatibilidad. El plazo de exc. volu. es es 5 años, pero si no te admiten en el primer año, dudo mucho que lo hagan después,INSISTO, sólo tienes preferencia el primero, los cuatro restantes pueden concederte exc. sin despedirte (sin liquidarte que es lo que me pasa a mi). Como lecolega yo pediría reducción de jornada, pero tal cual está el patio, nunca exc. y menos voluntaria.
Maite070,
lecolega te ha dado una solución bastante coherente para la época actual.
De todos modos si te ves con posibilidades de conseguir otro trabajo en el sector, solicitar la reincorporación al cabo de 2 años a la empresa original porque te despidan de la segunda (no sé porque calculas el despido a los 2 años ...), etc, etc ...
Respondo a tus preguntas :
... Como la vida cambia y espero que mi energía mejore pronto, tengo algunas preguntas que espero me podáis contestar:
- ¿podría trabajar en otra empresa? si
- ¿puede ser del mismo sector que la mía? no han de ser competencia entre ellas
- ¿puedo solicitar una ampliación de la excedencia? ¿por cuánto tiempo y cuántas veces? esto míralo en tu convenio.
- si solicito la incorporación y no me readmiten ¿tengo derecho a paro? no. Has de ser despedida o al menos, la empresa deberá reconocer como motivo de la baja ante la ss ''no voluntaria''.
si empiezo a trabajar en otra empresa que al cabo de un tiempo (por ejemplo, dos años) me echa y no he solicitado una ampliación de la excedencia, ¿podría solicitar la reincorporación o la excedencia ha expirado?
entiendo, por ej., que la excedencia la solicitas por un año y por eso estas preguntas.
Si estás trabajando en otra empresa y está a punto de vencer el año de excedencia, lo normal es que aquí ya tomes una decisión: solicitar una extensión de la excedencia, si tienes derecho a ello, y seguir en la nueva empresa, o bien, solicitar la reincorporación a la 1ª empresa porque preves que te van a echar de la actual.
Si no puedo reincorporarme, ¿tendría derecho a paro? ¿contarían los años trabajados en la empresa en la que pedí la excedencia? se tiene derecho a la prestación de paro cuando se está en situación legal de desempleo, es decir, que hayas sido despedida. El cáculo en tiempo es de 4 meses por año cotizado y en cuantía según los 180 últimos días cotizados.
Lo siento pero me es imposible concretar más ya que son preguntas con muchos supuestos.
Deberías de ver el apartado de excedencia voluntaria del estatuto de los trabajadores, incluso de tu convenio laboral. Seguramente te darás cuenta de muchas respuestas a las preguntas que haces.
Letras: no creo que una empresa negocie con el trabajador que volverá, y más si el propio trabajador es el que pide la excedencia voluntaria, con lo que esta cayendo en el panorama laboral, pedir una excedencia ahora mismo es muy arriesgado, y tiene muchas posibilidades de no volver a recuperar el puesto.
Maite070 piensate muy bien lo de la excedencia, y estudia la posibilidad de reducir la jornada por un tiempo, así seguirías en la empresa, y tendrías más tiempo libre, y alomejor a tú empresa le viene bien.
Este mensaje es para maite 070. Ojo con las excedencias voluntarias. El Estatuto de los trabajadores contempla la excedencia voluntaria por un año y cuando éste pase te quedas en derecho preferencial o expectante (es decir que si la empresa quiere te da trabajo, y si no, no tiene obligación a no ser de que demuestres de que han contratado otra persona en tu mismo puesto) Durante ese año o los siguientes hasta 5 (mandando la solicitud todos los años un mes antes de su vencimiento) puedes trabajar donde te de la gana (la exc, voluntaria no deja de ser que tu te vas) pero el derecho preferente sólo lo conservas el primer año. Si solicitas la incorporación y no te la admiten, pide el certificado de empresa y junto a la denegación te da derecho a desempleo. Si a los dos años te echan de la nueva empresa, la antigua no tiene porqué emplearte ya que sólo el primer año tienes derecho preferente. Para el paro te cuenta todo el tiempo trabajado. Te aconsejo que cuando solicites la excedencia negocies por escrito que volverás y que contratarán a otra persona ya que si deciden "eliminar" tu puesto te quedas en el paro (a mi me ha pasado). Es importante que revises el apartado de excedencias voluntarias de tu convenio colectivo ya que hay convenios donde la excedencia voluntaria contempla RESERVA del puesto d trabajo
Estoy planteándome pedir una excedencia voluntaria por un año. Llevo en mi empresa 5 años y medio. Estoy muy quemada y necesito un año sabático. Por tanto, en principio no tengo intención de trabajar.
De todos modos, como la vida cambia y espero que mi energía mejore pronto, tengo algunas preguntas que espero me podáis contestar:
- ¿Podría trabajar en otra empresa? ¿puede ser del mismo sector que la mía?
- ¿Puedo solicitar una ampliación de la excedencia? ¿por cuánto tiempo y cuántas veces?
- Si solicito la incorporación y no me readmiten ¿tengo derecho a paro?
Si empiezo a trabajar en otra empresa que al cabo de un tiempo (por ejemplo, dos años) me echa y no he solicitado una ampliación de la excedencia, ¿podría solicitar la reincorporación o la excedencia ha expirado? Si no puedo reincorporarme, ¿tendría derecho a paro? ¿contarían los años trabajados en la empresa en la que pedí la excedencia?
en primer lugar agredecer a todos, porque me habeis ayudado a tomar una decision, dar las gracias por contestarme o leer mi caso, gracias.
Al final me llamaron del trabajo, y tengo un contrato por 5 meses, pedi la baja voluntaria,( el caso de letras me ayudo a decidirme
, y porque ya e perdido bastante y no tengo nada mas que perder, en la antigua empresa no se lo esperaban, pero cuando fui a por el finiquito, me dijeron que habian mandado el certificado al paro por si me quedo en el paro en el futuro,
asi que nada mas me tendre que pegarme por acabar de cobrar mi antigua deuda, y a empezar de nuevo otra vez y con mucha ilusion, haber si vamos tirando,
gracias a tod@s otra vez, y perdon por tardar en contestar
Por fin hoy me han dado solución. No puedo creérmelo.
En el Sepe me han pedido el certificado de empresa y al decir que no me lo habían dado me han contestado que me lo tienen que dar obligatoriamente o lo pedían ellos mismos con lo cuál tengo derecho a desempleo ya que solicité la reincorporación y no me la dieron.....
Un saludo a todos pero sigo diciendo que ¡ojo con las excedencias voluntarias!!!!!!
Si dentro de la excedencia voluntaria encuentras otro empleo y el mismo finaliza por causa por despido improcedente o por finalizacion del mismo, estarias en situacion legal de desempleo, es una cuestion resuelta por TS, REC 5582/2003, UN SALUDO.