Buenos días,
Si lleva usted como mínimo un año trabajando en el empresa, tiene derecho a pedir la excedencia avisando con antelación. También habría que ver el tipo de contrato que tiene usted.
Es un dcho del trabajador por tanto no pueden negársela, si así lo hicieran puede usted demandarles.
A ver si se atreven a decirle al juez que se la deniegan.
hola querría asesoramiento por q pedí verbalmente una excedencia voluntaria y en la empresa me dicen q no me la van a conceder ni aunque se la presente por escrito yo mirando en mi cnvenio q es el comercio y mueble de la comunidad de Madrid me dice lo siguiente
) Eltrabajadorcon,almenosunaantigüedaddeunañoenlaempresa,tienederechoasolicitar la excedencia voluntaria por un período mínimo de 4 meses y de un máximo de cinco años,nocomputándoseeltiempoquedureestasituaciónaefectosdeantigüedad.Asímismo los contratos de duración determinada, la citada suspensión no comportará la ampliación de su duración, salvo pacto en contrario. La excedencia dará lugar a la reserva del puesto de trabajo. Las peticiones de excedencia serán resueltas por la empresa en el plazo máximo de un mes, teniendo en cuenta las necesidades del trabajo, y aquellas peticiones que se fundamente en terminación de estudios, exigencias familiares y otras análogas. Eltrabajadorquenosoliciteelreingresoantesdelafinalizacióndesuexcedenciavoluntariacausará baja definitiva en la empresa.
y en los estatutos de los trabajadores articulo 46.2 me dice q están obligados a concedérmelo
ante todo muchas gracias