Hola! Trabajo en una perfumeria 12 años. He sido mama mi baja maternal termina en Diciembre, sumando las 16 semanas+ 15 dias de lactancia+mes de vacaciones me toca volver para la campaña de Navidad. Quiero pedir una excedencia por guardia y custodia ¿Con cuanto tiempo de antelación debo pedirla? ¿Se pueden negar por ser Campaña de Navidad por excedente de trabajo? ¿Si hay que pedir la excedencia con antelación se cuentan las 16 semanas? Gracias por vuestra atención. Un saludo
Aquellas madres que quieran disfrutar de lactancia acumulada y después una excedencia tienen que andarse con mucho cuidado pues muchas empresas están tendiendo a plantear ambos permisos como incompatibles y así ahorrarse el permiso retribuido.
Primero hay que consultar lo que ponga en el convenio. Si éste recoge los términos en que se disfruta la lactancia acumulada, sencillamente no hay más que comunicar al empresario que se procede a su disfrute.
La excedencia es mejor comunicarla lo más tarde que sea posible,mejor después de tener asegurada la lactancia acumulada para evitar que le expongan argumentos ilegítimos del estilo:
"Si se va de excedencia, Vd. entonces no tiene horas efectivas de trabajo para poder acumular los permisos de lactancia"
Esto, sencillamente no tiene base jurídica pues el permiso de lactancia acumulada no tiene establecido por Ley ningún requisito de horas efectivas de trabajo a posteriori, ni tienen los empresarios potestad legislativa sobre incompatibilidades.
Y si en la liquidación trataran de descontarle los días disfrutados de lactancia acumulada, tampoco sería legal.
Si el convenio no establece la manera de acumular las horas de lactancia, tampoco se pronuncia acerca de que sean X días sin más consideración, si que creo que hay que tener en cuenta si se trabaja o no para calcular la acumulación, ya que si no acumula y coge sus horas de lactancia día a día, en caso de excedencia, vacaciones, etc, dejará de disfrutar de esas horas a cargo de la empresa. No veo porque esa situación deba cambiar en caso de acumulación.
En caso de coger la lactancia acumulada, que el convenio no diga nada acerca de la acumulación, y a continuación la trabajadora coja una excedencia, yo no le diré que es incompatible, pero si le diré que se ha digo unas horas que no ha generado por lo anteriormente expuesto.
Corrijo, donde dije "pero si le diré que se ha digo unas horas que no ha generado por lo anteriormente expuesto" debería decir "pero si le diré que se ha cojido unas horas que no ha generado por lo anteriormente expuesto."
Con ello quiero decir que habrá que regularizar esa situación en la liquidación que le ha de practicar para irse de excedencia.
La lactancia acumulada, sea disfrutada por acuerdo individual, colectivo o sentencia judicial, es un permiso retribuido, exáctamente igual que un día de fiesta, y ningún precepto legal establece que esté sujeto a jornadas efectivamente trabajadas a posteriori.
Pretender descontar los días de lactancia acumulada disfrutados a una trabajadora que justo después se va de excedencia, dimite o se pone enferma, es una insensatez del mismo calibre que descontar en la liquidación de cualquier trabajador que se va de la empresa la parte proporcional de los días de fiesta disfrutados equivalente a lo que falte de año. Igual sandez sería decirle a un trabajador que sólo le corresponde medio día del Pilar porque entró a trabajar el 1 de julio.
Me parece muy bien que te parezca una insensatez y/o una sandez.
Yo di mis argumentos para hacer eso en base a una situación (convenio que no diga nada, se procede a un cálculo en función de una horas que hipotécticamente cogería si se disfrutase día a día). Lo mismo haría si se coge las vacaciones y posteriormente se pira sin haber devengado el total de las mismas, les descontaría tantos días como no haya devengado. Lo del medio día del Pilar no lo comento porque lo hace por si solo, ya que no tiene nada que ver con lo aquí comentado.
Je,je,je, pues he aquí a otro "insensato" a juicio de fanotron.
En fin, como se puede ver, ya tuvimos el mismo debate hace un tiempo.
Es curioso que critica la "base jurídica" de nuestra postura, pero, aunque ya entonces reconocía que apoyaba mi punto de vista sobretodo en el puro sentido común, traté finalmente de defenderlo en base a ciertos argumentos jurídicos y con los que podrá estar de acuerdo o no, pero el caso es que no los cuestionó en su momento ni aporta ahora ningun argumento nuevo (creo que su mayor argumento fue que "yo estaba condicionado por la defensa de los intereses empresariales" o algo así, je,je).
Es muy fácil hacer afirmaciones tipo "esto no tiene base jurídica" "esto es una insensatez", etc, pero al final todo eso no es más que humo si uno no es capaz de exponer la "base jurídica" de su postura al tiempo que evidenciar las deficiencas técnicas de las expuestas por aquellos con los que discrepa.
En cualquier caso, creo que lo que más nos distancia entre a fanotron y a mi es que yo reconozco que lo que expongo es mi opinión, ante un tema sobre el que admito que se presta a diversas interpretaciones, mientras que él tiene muy claro que su punto de vista es indiscutible y que el nuestro simplemente no tiene base juridica y que es una insensatez.
hola,mi pregunta es:tengo derecho a alguna suvencion del gobierno vasco,por aver desfrutado de 3 meses de excedencia por cuidado de un menor de 3 años,mi sueldo es de 980 euros,cuanto me corresponderia si tendria suvencion.a la espera de su respuesta.gracias
Siento de veras que la palabra insensatez haya lacerado la sensibilidad de alguien que desee darse por aludido. Nada más alejado de mi voluntad, así que, Llobu y Nando_bcn, con permiso de la RAE, sustituyan dicha palabra por "falta de prudencia o buen juicio" que al fin y al cabo viene a ser lo mismo.
Nando_BCN, Vd. lo considera solamente su opinión pero lo que está defendiendo es una facultad legislativa que, según ya nos comentó, aplica profesionalmente y que, siento decirle, el empresario carece de ella. Siento tener que repetirle que no se debe negar a ninguna trabajadora la lactancia acumulada y la inmediata excedencia posterior. Si se procede así, se está aplicando una incompatibilidad entre dos derechos no prevista en ninguna Ley. Por tanto, si quiere que le crea, es Vd. el que deberá justificarlo con argumentos legales un poco más sólidos que:
"No puedes acumular un tiempo que no existe."
¡Seamos serios!, por esa regla de tres ¿también negaría el permiso si el bebé toma biberón en vez de el pecho?
No sé si tiene formación en derecho. En caso afirmativo recuerde aquella locución latina que, traducida, decía que en caso de duda debía resolverse a favor del trabajador.
Por otro lado, en ningún momento he dicho que esté Vd. condicionado por nada ni he mantenido nunca que mis opiniones, argumentos o explicaciones sean indiscutibles. Siento haberle causado esa impresión.
Hola, gracias por vuestra atención y por contestar a mi pregunta. Ahora se me plantean otras dudas. Con cuanto tiempo de preaviso tengo que avisar a la empresa de que cojo la exdecencia?. Y otra cosa si la empresa entra en un ERE tiene que avisar a los empleados? En mi empresa estan despidiendo indefinidos y se rumoreo que estan en un ERE. Podriamos averiguarlo de alguna manera? Si me pido una excedencia me pueden meter en el ERE? Y a la vuelta pueden alegar que no tienen sitio para mi y no darme mi puesto de trabajo?