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Excedencia cuidado hijo y vacaciones

4 Comentarios
 
30/09/2012 21:51
Ok!!, Muchas gracias!!. Me ha quedado mucho mas claro.

30/09/2012 20:19
Se tienen en cuenta a efectos de prestaciones y despidos. También hay mejoras en cuanto a las reincorporaciones y demás.
En el resto, es una suspensión de la relación laboral igual que una excedencia voluntaria. Por lo tanto, no devengan vacaciones, ni pagas extras.
30/09/2012 19:59
Aunque realmente este tipo de excedencia los dos primeros años dice que son como periodos de cotización de trabajo efectivo y este periodo se tenga que tener en cuenta a efectos de prestaciones y despidos.
30/09/2012 19:32
Todas las excedencias son suspensiones de la relación laboral.

Un saludo.
Excedencia cuidado hijo y vacaciones
30/09/2012 19:25
Tengo dudas de la excedencia de cuidados de hijos, este tipo de excedencia tiene la misma interpretación de otras ¿¿?? Es decir es una suspensión de la relación laboral y por lo tanto no se devengan vacaciones. O por el contrario como realmente estas durante los primeros años como una asimilada al alta en seguridad social y son periodos como trabajados a efectos de prestaciones si que se devengan ¿¿???
No se si alguien me puede ayudar sobre este tema.

Muchas gracias,