La ley prevée el cambio de procedimiento cuando la separación se tramita por la vía contenciosa. Ahora bien, si vas a intentar llegar a un pacto antes de contestar a la demadna asegurate que el abogado contrario ha pedido la suspensión del procedimiento al juez. De esta manera si no lo conseguís se levanta la suspensión y te queda plazo para contestar a la demanda. En el otro supuesto serías declarada en rebeldía, podrías intervenir en las pruebas pero no alegar o proponer medidas alternativas.
Una vez se presenta demanda de medidas previas a la separación, y antes de contestar a la demanda: ¿se puede llegar a un acuerdo con los demandantes para evitar contestar a la demanda, y la posterior vista, y que se tramite todo como separación de mutuo acuerdo?