Buenos dias, tengo contrato por ETT del 1 de diciembre del 2010 hasta el 28 de febrero del 2011.Me han avisado del hospital que el proximo 14 de febrero me operan. Donde tengo que presentar la baja y los partes ? quien me paga la baja ? a razon de que cantidad ? y que tanto por ciento ? si me despide la ETT por estar de baja y antes de la finalizacion del contrato que me correponderia y a partir de entonces quien me paga la baja ?
Disculpar tanta pregunta.
Un saludo
Tienes que presentar los partes en la ETT, que será además quien te lo pague a razón de el 60% de tu base de cotización a partir de cuarto día y del 75% desde el día veinte. Los tres primeros no te pagarán nada. Salvo que el convenio mejore estas condiciones.
Si te despiden antes de finalizar la baja sería a razón de 45 días por año trabajado y pasaría a pagarte el INSS o Mutua.
SALUDOS.
1. Los partes se deben de presentar a la empresa que te ha contratado, o sea, la ETT
2. La ETT te pagará la IT
3. Salvo que el Convenio Colectivo, o el contrato entre ETT y empresa usuaria (en la que trabjas), de entrada como marca la LGSS. 3 primeros no cobras, del 4-21 el 60% y a partir del 21 el 75% de la Base de Cotizacion
4. Si te despiden antes, se supone que seria un despido improcedente
5. Si te despiden la baja deberas solictar el cobro directo en el INNS