hola:gracias a todos,por este puerto abierto a la informacion general y especializada..
mi asunto trata sobre,mi situacion actual en españa..soy casada con un ciudadano portugues,ambos tenemos 2 hijos una con residencia legal en españa y otro con residencia portuguesa..ahora nos trasladamos para residir en españa,ya que mi hijo quiere terminar su carrera universitaria en españa,es nuestro idioma ,y es más factible para su dominio y comprension..y yo decidi venir con él,para apoyarlo en sus estudios socio-economico..por mi parte realice algunas pezquisas laborales,dentro de mi perfil ocupacional,y tuve aceptacion,pero el empleador dice que debo presentar el permiso de trabajo..
preguntas:portando la targeta de residente como familiar de ciudadano de la union europea,es necesario solicitar un permiso de trabajo y para mi hijo un permiso de estudios?..
2-si es asi tramites a seguir? y papeles que sugiren?
-------a todos un atento saludo-----
Hola,
soy de nacionalidad marroqui , llevo viviendo en españa desde ferero de 1997 hasta la actualidad con una tarjeta de estudiante,
Pregunto si es posible que pueda modificar dicha tarjeta a una residencia ya que he estado viviendo en españa mas de diez años continuos!!
Gracias
Es necesario saber más datos, usted no dice cuál es su nacionalidad, ni la nacionalidad de sus hijos.
Si sus hijos son nacionales de Portugal, son ciudadanos de la Unión. Les basta con solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros, les entregarán un certificado en tal sentido, en el que les asignarán el NIE. Y nada más, ellos por ser ciudadanos de la Unión pueden residir y trabajar sin limitación alguna.
En su caso, intuyo que es extranjera extracomunitaria. Para que pueda usted obtener su tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, debe venir con su cónyuge portugués, quien primeramente deberá solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros y con el certificado en tal sentido, podrá usted solicitar su tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, que le permitirá residir y trabajar sin limitaciones. Si usted vive en Portugal y tiene un permiso portugués, ese permiso no le sirve en España, debe obtener uno español y la vía idónea para hacerlo es la arriba indicada.
Hola.gracias Condedecartagena,por su respuesta,me ha esclarecido mi posicion en españa..pues le informo,mis hijos son cubanos,mi hija tiene residencia comunitaria de españa,mi hijo tiene la residencia portuguesa,más quiere venir a terminar sus estudios de universidad en españa..es su idioma natal ..que debe hacer mi hijo?
en cuanto a mi posicion,soy cubana,casada con ciudadano portugues,y poseo la targeta de residencia como familiar de un ciudadano de la u.e.
y quiero estar con mi hijo para apoyarlo en sus estudios economicamte-socialmente..
entonces para obtener el permiso legal..de permanencia y laboral--cual es la via más idonea y sencilla?..por mi hija residente comunitaria? por mi esposo portugues? ok..
pdta:ud.dice "que primeramente debo solicitar mi inscripcion en el registro central de extranjeros y con el certificado en tal sentido"
no entendi ultima frase.."con el certificado en tal sentido---que certificado?
una vez más mi agradecimiento por su ayuda,y en espera de la misma, se despide atentamente frankalex
Hola, Frankalex. Es necesario saber el lugar donde actualmente residen usted y su cónyuge portugués.
Me refería a que usted, al estar casada con un ciudadano de la Unión, no tiene derecho por sí misma a residir en otro Estado miembro, sino que debe venir acompañando a su cónyuge. Es él quien debe solicitar la inscripción en el Registro Central de Extranjeros y a partir de ello, usted podrá solicitar su tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.
Y su hijo, al ser cubano, lo mismo, ya que entiendo que lo que le da derecho a la residencia es el hecho de formar parte de la familia del ciudadano portugués y si tiene más de 21 años, el hecho de depender económicamente de ustedes.
Reitero,mis agradecimientos,por recibir su ayuda para salir de este laberinto..
cierto estoy aqui como explique para apoyar a nuestro hijo..mi marido se encuentra en portugal,y yo aqui en españa..el tiene su trabajo de hace muchos años..
ahora mi pregunta es la sgte:tendra mi marido que venir a vivir con nosotros? o solo nos acompañara en los asuntos a tratar?alguna actividad más debe realizar mi marido?
bien ..que documentos tiene que traer mi marido,para oficializar nuestra (hijo-y yo)permanencia y garantizar el status de residente en españa?
si nuestro hijo tiene 23 años de edad..en las escuelas solo le pidieron traer los papeles de la universidad,asi homologar y dar el año de entrada..esta bien? algo mas con nuestro hijo?
tambien dicen que para trabajar yo en españa,debo pedir permiso de trabajo en portugal? o lo debe solicitar el empleador? que existe de real en esta ultima conversacion..
adjunto nuevamte mi gratitud,y nuestra familia en especial..saludos atentos sr condedecartagena..
1.- Su cónyuge portugués debe solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Ello comporta la asignación de un NIE y la expedición de un certificado de inscripción (no tarjeta de identidad de extranjero).
2.- No necesariamente tendrá que vivir realmente con ustedes, puede vivir a caballo. Pero, al menos, formalmente, debe estar empadronado y tener su certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros, ya que esto es PRESUPUESTO NECESARIO para que a usted y a su hijo se le aplique el régimen comunitario en España.
3.- Su hijo en la universidad, además de sus documentos académicos, deberá aportar original y copia de su pasaporte en vigor. Y cuando ya tenga, copia de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.
4.- La tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión expedida en España, por sí sola autoriza a residir y trabajar. Como se ha indicado, en cuanto su cónyuge tenga el certificado de inscripción en e Registro Central de Extranjeros, podrá usted solicitar su tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. Recuerde que usted, por sí sola, no tiene derecho a residir en España, sino en razón de su calidad de cónyuge de un ciudadano de la Unión, por eso, es él quien debe primeramente ejercer su derecho a establecerse en España, mediante la solicitud de su inscripción en el Registro Central de Extranjeros y a partir de eso, usted y su hijo, siempre que acredite él dependencia económica, podrán solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.
Hola..Sr Condedecartagena,satisfecha con su explicacion..ahora lo unico que me hace falta saber es,los documentos necesarios que debe traer consigo mi marido de portugal,para ir al registro central de extranjeros?
nuevamente pronuncio mi gratitud,atravez de un atento saludo..
hola... Sr Condedecartagena, satisfecha con su explicacion... ahora lo unico y ultimo que me hace falta saber es, los documentos necesarios que debe traer consigo mi marido de portugal, para ir al registro central de extranjeros, como usted me indica
Un cordial saludo y mi gratitud, atravez de un atento saludo...