muy buenas Conde, tengo un hilo colgado en este foro de extranjería referido a una compañera de academia que tiene a su hija sin papeles en regla escolarizada (tiene 13 años ). Es un caso similar al presente, aunque con matices. Me sería de gran ayuda saber tu opinión, ya que he visto muchas respuestas tuyas en este foro y entiendo que es señal de que controlas bastante sobre estos asuntos. Un saludo
Los menores de 16 años, aunque se encuentren en situación irregular, están obligados a escolarizarse. Respecto de eso, no cabe discusión alguna y de hecho, estará obligada a acreditar la escolarización de su hija, cuando pueda solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social.
Respecto de la hija que pretende ingresar a la universidad:
1.- No es obstáculo su nacionalidad, ni la irregularidad de su permanencia en España, para presentarse a rendir las pruebas de acceso a la universidad. Si termina el bachillerato, puede rendir las pruebas de acceso y si las supera, puede obtener plaza en la universidad.
2.- Tampoco es obstáculo que la persona se halle en España en situación irregular, para que, una vez superadas las pruebas de acceso a la universidad, pueda, en efecto, matricularse, asistir a clases, rendir exámenes y obtener certificaciones académicas de superación de asignaturas y promoción al curso superior.
3.- Las universidades, normalmente, aceptan la formalización de la matrícula con el pasaporte a los estudiantes extranjeros, concediéndoles un plazo para que, posteriormente, presenten la tarjeta de identidad de extranjero, con el NIE asignado, para que conste en expediente.
Lo anterior, desde luego, es referido exclusivamente al derecho de la persona a acceder a los estudios universitarios (que se encuadran dentro del género "estudios postobligatorios"), independientemente de su nacionalidad y de su situación jurídica-administrativa en España, tiene como base el art. 9.2 de la Ley de Extranjería, que fue modificado por la declaratoria de inconstitucionalidad, por parte del Tribunal Constitucional (STC 236/2007, de 17 de noviembre), de la redacción original del precepto, que exigía a los extranjeros extracomunitarios, necesariamente, ser residentes, a efectos de acceder a las enseñanzas postobligatorias.
Hola, tengo dos años y 3 meses en España (ilegal) tengo una hija de 9 años estudiando aquí dos años y medio. Otra hija que tiene 17 años y esta terminando el 2 año de bachillerato (ilegal), ella quiere estudiar universidad aquí en España, ¿como puedo ayudarla para que pueda iniciar y solicitar plaza en una universidad?. Muchas gracias.