Tenemos una señora para la limpieza de las escaleras una vez a la semana 5 horas, está dada de alta en la S. S y todo legal, pero ahora el administrador nos dice que tenemos que hacerle un plan de prevención en riesgos laborales. Mi pregunta es: si no somos una empresa con personalidad jurídica, ni afán de lucro, ¿cómo es que dice el administrador que estamos obligados por ley?.
Gracias a quien quiera responder.