Una persona ha realizado bastantes estafas a traves de internet y de importes no superiores a los 400 euros pero la policia acumula las denuncias y lo detienen 2 veces por estafa prestando declaracion ante el juez de que si habia mandado esos articulos no habiendolos mandado, recientemente le llega una citacion por juicio de faltas de uno de los delitos que se le imputaban en el momento de la detencion y le comunican que se van a lllevar por separado en todos los juzgados de españa cada caso como juicio de faltas, el presunto autor tiene antecedentes por malos tratos y sufre un problema psiquiatrico que fue junto con el consumom de crack lo que lo llevo a realizar tales echos. Entonces mi duda es que debe hacer mostrar dichos informes y declarar que no recuerda nada como asi fue o mantener su declaracion de cuando la detencion y por ultimo que puede pasarle. Si tengo mas dudas ire extendiendo mas el texto asi como cualquier consulta que quieran hacer.
Saludos y gracias por la ayuda.
PD: Los juicios son en todo el territorio español no pudiendo desplazarse y teniendo que presentar escritos.
Obviaba unos detalles ya esta rehabilitado en el consumo de toxicos y tiene informes favorables de una institucion como que sigue un proceso de rehabilitacion en el que ha dado negativo en los controles de orina y tambien tiene informes psiquiatricos que demuestran su estado, aparte el fiscal la ultima vez le advirtio que si volvia a llegar mas causas se plantearia la prision provisional. El importe de los estafado no llega a los 2000 euros.
Si todos quedan en faltas, pues le irán cayendo multitas varias, que deberá ir pagando para evitar el ingreso en prisión.
No está de más que aporte los informes que refiere, pero sin una pericial que acredite que en el momento de los hechos tenía sus capacidades intelectivas y volitivas afectadas por el consumo o el síndrome de abstinencia, de poco le van a servir (quizás para rebajar el importe de la multa).
Hola gracias por la respuesta, y como puedo asegurarme de que van a llevarlos todos por faltas y de ser asi que prueba pericial puedo aportar y en la declaracion seria reafirmar lo dicho en comisaria que si se realizo el envio de la mercancia?
Asegurarse no puede; por que a mi parecer, y creo que la jurisprudencia va por ahí, resultaría de aplicación el artículo 74.2 del CP y estaríamos hablando de un delito, no de una pluralidad de faltas.
Puede que se hayan apiadado, que no tengan ni zorra, o que les de pereza buscar el juzgado competente y acumular. Si es así, mejor para el estafador.
La prueba pericial debería ser psicológica, efectuada por un experto y ratificada en el juicio oral, acompañada de documental aportando esos informes favorables. Si la pericial la ha de hacer el forense, olvídese de posibles eximentes o semieximentes, y cuente con una atenuante simple.