Hola, soy nuevo usuario de este portal, y quisiera haceros una pregunta, por si podéis ayudarme:
Vivo en un pueblo de Cáceres. Me construí una casa en una parcela en casco urbano. En la finca colindante no hay ninguna construcción, y se encuentra parte en terreno urbano y parte en rústico. Ahora en la zona urbana quieren hacer un establo para caballos. ¿Alguién podría decirme algo de la normativa en Cáceres para este tipo de instalación?. Si se puede hacer en casco urbano ¿que separación mímina hay que tener de la vivienda habitada y que normas se deben seguir? Sé que es una pregunta un poco compleja, pero os agradecería si me pudiera alguien contestar. Saludos.
De momento no. Está pendiente la aprobación de un nuevo PGM, que es como se llama en Extremadura el Plan de Ordenación Urbana. No obstante haré la consulta. El Ayuntamiento debería decirme el uso del suelo urbano de esa finca. ¿Sería mejor me lo notificase por escrito para si tengo que tomar medidas legales tener un soporte del mismo? ¿Si el Ayuntamiento se negara a hacerlo y comienzan las obras, podría pararlas cautelarmente de algún modo?
Pide por escrito la cédula urbanística de la parcela, la contestación será también por escrito y vinculará a ambas partes en su contenido.
Sin licencia no tienes ninguna cobertura legal, lo normal es que inicien un expediente de infracción urbanística por el que deducir las acciones pertinentes a tomar.
He hecho una consulta de datos registrales en el catastro y la mencionada finca aparece como clase: urbano. Uso: almacén-estacionamiento. ¿Con estos datos es posible montar un establo?