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España requiere cambio URGENTE Ley Extranjeria

Tema cerrado. No se admiten más comentarios
24 Comentarios
Viendo 21 - 24 de 24 comentarios
12/12/2011 16:32
Soy española casada con un extranjero y el señor orla se podría dedicar a otra cosa mejor. Creo que se aburre demasiado.
12/12/2011 20:15
Hola. No entraré a discutir sobre los improperios que se han escrito líneas arriba, ya que no es la finalidad del foro.

Creo que el origen de la discusión, ya subida de tono, está en la confusión de conceptos (especialmente, conceptos jurídicos, que por tener un significado muy preciso, no pueden ser empleados sin la rigurosidad que ameritan y no pueden usarse o entenderse en este ámbito en su sentido coloquial) y también en la naturaleza de un foro jurídico.

Si se hace referencias a textos normativos, no es con la finalidad de empalagar, ni aburrir, sino que son ellos la fuente principal del Derecho y por eso mismo, el marco configurador de la materia sobre la que versa este foro. Como ha quedado indicado líneas arriba, el Derecho de Extranjería, en realidad, comprende varias materias jurídicas relacionadas y articuladas entre sí, que permiten tener una visión global.

El terreno de lo delictivo dista enormemente de las discusiones y aportes que se puedan ofrecer en este foro. Y la razón es muy sencilla: todo tiene una base normativa, sea constitucional, convencional internacional, comunitaria europea, legal, reglamentaria y jurisprudencial. Y hallar u ofrecer una solución conforme a Derecho para un problema jurídico, no es, ni puede ser delictivo y ni tan siquiera fraudulento: es perfectamente legítimo, lícito y legal (tres categorías que, no siempre, suelen coincidir) y es la forma en la que ordinariamente se trabaja cuando se actúa como operador jurídico (abogado, gestor administrativo, procurador, etc.).

Luego, el derecho a contraer matrimonio es un derecho fundamental de la persona, que no puede ser limitado ni entorpecido: si la persona es capaz para contraer matrimonio de acuerdo con las exigencias de la ley española y quiere, efectivamente, contraerlo, puede hacerlo.

Si un estudiante extranjero desea quedarse en España al término de sus estudios, es una aspiración legítima y para ello existe un mecanismo específico en el Reglamento de la Ley de Extranjería, que es perfectamente lícito utilizar.

Ante cuestiones o problemas jurídicos, se debe procurar buscar y hallar soluciones en Derecho, no estar constantemente recalcando que hay un problema. Y soluciones jurídicas, hay muchas, aunque puedan a algunas personas parecerles "chanchullos". El Derecho tiene una lógica y un método propios, que difieren en muchos casos de lo que se tendría por común y corriente .

Un cordial saludo.
12/12/2011 21:22
Hace mucho que no entraba en este foro... y que pena me da leer algunos de estos mensajes... Sólo os digo que criticar siempre es fácil pero hacer algo nadie se atreve, ni mucho menos hacer algo que signifique ayudar a los demás....
Y es que se nos olvida lo más importante, dar las gracias.

Tmp volveré a postear en este hilo ya que no merece ni mi tiempo ni mis palabras.
12/12/2011 23:55
Condecartagena, no te hagas el de la vista gorda y dartelas de honesto y legalista, tu muy bien sabes que las parejas de hecho y matrimonios entre espanol y extracomunitario son chimbos, son un fraude que tu recomiendas y asesoras a SABIENDAS SON ACTOS DE COMPLACENCIA Y FRAUDULENTOS, no te ampares en la ley y dartelas de superasesor rayano a la LOE y su reglamento sino porque los consulados tienen frenados centenares de expedientes tanto de lo uno como lo otro? y de los estudiantes ni hablar, sino terminan emparejados preciso tienen un contrato para modificar...PERO SI NADIE HACE CONTRATOS HOY POR HOY y ese es el problemon que tenemos en Espana, no es justo que un estudiante, que vino fue a estudiar quiera quedarse aunque la ley lo respalde, sabemos que es un acto donde se aprovecha de la buena fe del legislador, pero eso era en otros tiempos hay muchisima necesidad de trabajo SENOR CONDE tenemos 5 millones de parados, por favor no siga premiando amparandose que la Ley lo ordena en asesorar a quienes se aprovechan de una norma que debe DESAPARECER LO ANTES POSIBLE de lo contrario tendremos en breve que salir a cantar en en los buses y en el metro a cambio de una limosna, es eso FORO DE ASESORIA?
13/12/2011 04:04
Hola:

1.- Continúo insistiendo y remitiéndome al principio de BUENA FE, que siempre SE PRESUME en las relaciones de derecho privado. Los matrimonios tienen un expediente previo en el que se califica la capacidad matrimonial de los contrayentes de acuerdo con la ley española. E igualmente, el expediente previo tiene por objeto determinar que se busca, realmente, prestar un auténtico consentimiento matrimonial y que no se tratará de un acto simulado, que sería un matrimonio de complacencia. Si el resultado del expediente matrimonial previo es favorable, se puede celebrar el matrimonio, que será plenamente válido conforme a Derecho y producirá efectos desde su inscripción en el Registro Civil.

En tratándose de formalización de parejas de hecho, igualmente, rige la presunción de buena fe, al tratarse de un acto jurídico entre particulares, al cual el Derecho le confiere ciertos efectos, bien en la esfera privada o bien en la pública.

Mientras ambos actos jurídicos sean perfectos y válidos conforme a Derecho, producen los efectos que el Derecho les atribuye, en toda su dimensión.

2.- He de decir que yo vine a España con un visado de estudios y nunca oculté mi intención de radicarme aquí e hice, llegado el momento, el procedimiento de modificación a residencia y excepción a la autorización de trabajo, porque me contrató la misma universidad pública a la que vine a estudiar. El mecanismo jurídico existía y lo utilizamos para lograr mi propósito ¿Le causé perjuicio a alguien? Creo que no, porque mi doctorado en parte se financió con recursos propios y en parte con dos becas conferidas en España...y si me terminé de formar con becas españolas, era legítimo que se me facilitara la inserción en el mercado laboral español. Casos como el mío hay muchos y no hay nada de fraudulento en ellos. Además, vivimos en una época caracterizada por la alta movilidad de las personas durante su vida profesional-laboral, de modo que es iluso creer que las personas deban circunscribirse a vivir o trabajar en el mismo lugar donde nacieron, crecieron o se formaron...hoy estamos en Barcelona, mañana podemos estar en Londres, Montreal, Chicago, Sidney, Dubai, Ciudad del Cabo o Río de Janeiro...se está donde se siente a gusto y se encuentra oportunidades de desarrollo personal y profesional. El Derecho es, apenas, un instrumento que debe estar al servicio de los hombres de cada época. Y es con esta convicción que se busca en y con el Derecho, soluciones a problemas de personas.

Y no me las doy de honesto y legalista. Mi trabajo consiste en hacer, por todos los medios posibles, que el Derecho esté al servicio del hombre y no en que se convierta en un instrumento obstaculizante de los proyectos vitales, ni alienante.

Un cordial saludo.