Compra de piso en 1996 por 125.000€, que es mi vivienda habitual hasta el 2010 y que fui desgravando por deduccion de vivienda habitual por la hipoteca que tenía, que en 2010 ya es cancelada del todo.
En 2011 compro otro piso por 200.000€, el cual ahora desde entonces paso a ser la vivienda habitual.
Mis preguntas son:
-- Puede desgravarme por deducción de vivienda habitual en este segundo piso, teniendo en cuenta que el primero no fue vendido y sigue en mi poder?
-- Sino puedo desgravarme ahora, cuando podre desgravarme, o a partir de que cantidad, o ya no podra ser?
Por lo que explicas, entiendo que el segundo piso es tu vivienda habitual actual, está comprado con hipoteca anterior a 2013, por lo que puedes desgravarlo.
El primer piso tributará como propiedad que no es residencia habitual (si está vacío pues el porcentaje de imputación del valor catastral, si está alquilado, los alquileres, etc).