Hola.
Actualmente estoy en situación de desempleo y pendiente de juicio por despido nulo. En un mes comenzaré a cobrar el 50% de mi prestación, unos 600 euros, lo cual me da para cubrir gastos mensuales e hipoteca. Estoy en búsqueda activa de empleo y además, por si no consigo nada, ando estudiando para unas oposiciones. Lo que sea con tal de no perder el tiempo.
Me ha salido la posibilidad de colaborar desde casa para una empresa norteamericana, Lionbridge, como asesora de contenidos, un máximo semanal de 20 horas, aunque no llegaré a esos máximos porque estoy también estudiando, como ya he indicado. Al mes podría conseguir unos 300-400 euros extra, cantidad que necesitaría para sumarlo a la prestación, al menos mientras me sale otra oportunidad mejor.
HE AQUÍ MI DUDA: Ellos me indican que yo soy la responsable de pagar los impuestos oportunos en España. Ellos realizarían el pago en la cuenta que yo aporte a mi nombre y pueden en algún momento solicitarme algún documento que acredite que estoy al corriente en los impuestos.
Yo quiero hacerlo de manera legal. He leído que al colaborar con una empresa extranjera estoy exenta de pagar IVA y que al no llegar al mínimo interprofesional puedo pagar IRPF trimestral sin necesidad de hacerme autónoma. Sinceramente ando un poco perdida y tampoco puedo renunciar a la prestación mientras no encuentre un puesto de trabajo con un sueldo "decente". Este complemento sería ideal si encontrase una opción legal que me permita mantener ambos ingresos, si es posible, debido a la precariedad de mi situación económica y del mercado laboral actual.
¿Alguien podría asesorarme sobre si la opción de pagar IRPF solamente es compatible con la prestación por desempleo? ¿Hay alguna otra fórmula legal y económica para poder actuar con los datos que os aporto?
Muchas gracias a todos.
Agradezco vuestra información
Un saludo.