Necesitaria una pequeña aclaracion, tengo una mujer reincorporada de baja por maternidad, y que a su vez ha causado de nuevo baja por maternidadad.
¿ Puedo aplicar los 100 euros de bonificacion sobre la cuota obrera?
Perdona que me introduzca en su pots, porque no soy experta, pero yo soy incorporada de Baja de Maternidad y en éste caso si su empleada vuelve a estar de baja( que no sería de maternidad, si no una baja normal, porque supongo que ya hayan pasado las 16 semanas)no aplica a los 100€ q le dan al empresario, porque éstos son para compensar las visitas en horario de trabajo al pediatra, ginecólogo, hora de lactancia, éct, de todas maneas yo no estoy segura, pero como sí sé para que son los 100€ saqué ésta deducción.
Espero que algún experto le responda con veracidad.
Creo que no me he explicado bien.
Una mujer se reincorpora de su baja maternal, si su contrato es indefinido, y la reincopracion es posterior al 01/07/06, puedo aplicar una bonificacion mensual de la cuota empresarial a la seguridad social de 100 euros durante 4 años,( en el post anterior me he equivocado es CUOTA EMPRESARIAL ) transcurre un año y esta misma persona vuelve a causar baja por otra nueva maternidad, y por tanto mientras dura el proceso yo solo cotizo por la cuota patronal, y es aqui mi preguanta ¿ me aplico o no los 100 euros?
Sí te sirve de algo, en mi empresa ese tema lo lleva el Gestor, pero creo que en los 4 meses de Baja de Maternidad no te corresponden los 100€ y de paso averigua si cuando ella se reincorpore si te corresponden en vez de 100€, 200€.
Vamos a ver, así de primeras, yo diría que ambas bonificaciones por mujer reincorporada no son acumulables en la misma persona, ya que entiendo que dicha reincorporación tiene un caracter excluyente: una mujer trabajadora, una reincorporación, y el beneficio que intenta incentivar en la practica se ve reducido a un solo hecho causante, no se si me explico.
Imagina que los cien euros son por nacimiento de hijo, en ese caso, cada hijo daría derecho a un incentivo independiente, pero en este caso el hecho causante es la reincorporación de una mujer, que puede hacerlo de manera sucesivas, pero no silmultáneas (ni aún en casos de doble personalidad ;-)
Te diría que de todos modos lo consultes en el 901502050 de la Seguridad social, haz tres llamadas, y si coinciden al menos dos entre ellos y con lo que yo digo, dalo por bueno (jejeje)...
Si no te sabe mal, cuando te dieran respuesta en el INSS sobre lo de los 100€ si te corresponden 100 ó 200, nos lo dijeras, porque yo tengo mi duda y se lo pregunté a mi jefe y tampoco sabe y me gustaría aclarárselo de paso, porque yo también estaré de nuevo de baja de maternidad por segundo hijo y en vez de un turno médico al mes por hijo pues igual tengo dos y serían dos veces que falto horas al trabajo, por eso pienso que en vez de 100 le corresponderían 200, pero claro son suposiciones mias.