Ante todo, valorar el trabajo que realizais asistiendo a las personas acerca de posibles dudas y situaciones que se pueden plantear en estos asuntos tan complejos.
La situación que planteo es la siguiente:
Una persona fallece, no tiene descendencia ni ascendencia familiar directa. Realizó un testamento ante notario designando a cuatro personas (por su nombre y apellidos, sin dni, ni domicilio, sólo nombres y apellidos) y delimitando los bienes que a cada uno pertenecen (no hay grado de consagnidad por ninguna de las cuatro partes frente al testador).
Uno de los herederos, tras el fallecimiento, pide el certificado de últimas voluntades y se presenta ante el notario donde se realizó el testamento e intenta verificar si está presente en dicho testamento.
El notario le dice que consta una persona con su mismo nombre y apellidos, le dice los bienes que el testador le puso a esta persona pero que no puede facilitarle una copia del testamento ya que hay un error en el primer apellido (en lugar de Carlos Garcia Dominguez, consta Carlos Gandía Domínguez). El notario dice que se puede tratar de un error en la redacción del testamento, pero que ahora esta persona tiene que probar la relación con el testador ante un juez.
Esta persona dispone de fotos probando la relación con el testador, llaves de su vivienda habitual, está como autorizado en la cuenta bancaria del testador, certificado de defunción...) ¿Són suficientes pruebas cómo para que el notario pueda verificar la identidad de esta persona? ¿O tendría que acudir a la vía judicial?
En caso de acudir a la vía judicial, ¿estas pruebas serían válidas para probar la identidad y el vínculo de esta persona frente al testador?
¿Qué tipo de pruebas pide la autoridad judicial para comprobar y corroborar que la persona que dejó el testador en el testamento es realmente esta persona?
Espero haber expuesto el caso de la forma más clara posible y espero sus respuestas acerca de este caso.
La persona que usted menciona ha de seguir un expediente de jurisdicción voluntaria ante el juzgado de primera instancia correspondiente al domicilio del testador. La petición es que se corrija el error material del testamento, y la evaluación de las pruebas se las tiene que hacer un abogado, pues por mucho que le digamos aquí cuáles son o no suficientes, ese asunto hay que verlo. El expediente corona con una declaración judicial con la que podrán subsanar en notaría.
En realidad, debería serle suficiente instruir ante el notario un acta de notoriedad para la rectificación de errores, aportando la información probatoria que proceda para unirla al acta. Eso es lo que debería pedirle al notario, aunque más bien el notario debería habérselo ofrecido a usted. Dicho lo cual, puede bajarse un modelo de demanda de expediente de jurisdicción voluntaria, incluso rellenar el modelo en el ordenador, imprimirlo y presentarlo junto con los documentos en el Juzgado. Es decir: no le hace falta abogado ni procurador. Pueden hacerlo por ustedes mismos.
Eso pretendíamos hablar con el notario. Le presentamos pruebas suficientes como para que puede aceptarlo él mismo. Pero constantemente nos remitía a un juez.