Muchas gracias a todos por contestar a mi consulta.
Después de leer detenidamente la sentencia del Tribunal Supremo a la que hace referencia Activo, (a quien agradezco su intervención), en el caso de Telefónica, la empresa SÍ ingresó la retención correspondiente y luego se la pudo reclamar, en base a la sentencia del TS a sus trabajadores.
En mi caso, la empresa sólo declaró el IRPF INCORRECTAMENTE aplicado, y el trabajador, presentó en Hacienda el mismo certificado que la empresa le facilitó. Ni más ni menos.
Ahora Hacienda le reclama cantidades en concepto de IRPF no aplicado correctamente de 2008 y 2009. Cantidades que la empresa tampoco ha satisfecho a la Agencia Tributaria.
Distinto es que lo que llevamos de año 2010, el IRPF que se me ha aplicado hasta la fecha NO es el correcto, como en años anteriores, y como en años anteriores, le he comentado a la empresa que no era el correcto.
Mi temor, es que los meses que restan hasta enero de 2011, mi sueldo se vea reducido a la mitad, para regularizar el IRPF de 2010.
En fín, ya veremos que pasa...
Reitero mi gratitud a todos los participantes de este foro.
Saludos
Insisto, la retención que te deben aplicar es del 9%. Otro tema, es que posteriormente, cuando ingresen las retenciones correctas en Hacienda, voluntariamente o ante una reclamación, la empresa podrá compensarte lo que no te retuvo. Es decir, más tarde o más temprano te las van a poder compensar.
De acuerdo, Activo. Ya lo entiendo. Pero, ¿como puede ser que en el borrador que me envía a mí Hacienda en 2008, me salga a pagar 184 €, y a la empresa le reclame 1000 € ?
Gracias, una vez más.
Probablemente, el borrador de Hacienda incluya únicamente las retenciones que te hicieron realmente (aunque tú bien pudiste consignar las que realmente te debió hacer, como ya te ha comentado Nando_bcn). ¿Qué sucede? Ahorrándonos matices, que en ese caso Hacienda se está enriqueciendo injustamente, ya que tú le has pagado en la declaración las retenciones que no te hicieron, y además va a cobrar las mismas de la empresa. En este punto cabe lo siguiente: Si la empresa accede a la reclamación y paga, te las podría compensar, y si te las compensa, tu podrías reclamar a Hacienda lo pagado de más en la Declaración. Por ejemplo.
Gracias por la explicación, Activo.
La verdad, yo vengo diciéndole a la empresa que las retenciones no son las correctas, y ésta siempre me remite a la gestoría que redacta las nóminas. También lo hice constar en la gestoría, pero no me hicieron caso, me dijeron que estaba equivocado.
Gracias una vez más.
"En este punto cabe lo siguiente: Si la empresa accede a la reclamación y paga, te las podría compensar, y si te las compensa, tu podrías reclamar a Hacienda lo pagado de más en la Declaración. Por ejemplo"
Es que la empresa puede no acceder a la reclamacion?
Lo que si me parece es que, a pesar de que las empresas a veces no calculan bien las retenciones, Hacienda lo que hace es robar, en un caso en el que el trabajador no haga declaracion de renta, pues aun le veo yo motivo para que le reclame a la empresa esas retenciones, pero si el trabajador presenta declaracion, a mi lo que me parece que hace Hacienda, que somos todos.....es justamente eso, robar. Por cierto, el viernes recibi una reclamacion de una de las empresas por retener menos a una trabajadora y como estan en lo cierto, me voy a comer un marron, en fin......
Es una forma de hablar, Majoga. Si la empresa no retuvo lo que debió, evidentemente debe pagar. No es una cuestión de elección.
De todas formas, sobre lo que comentas luego, hay que recordar que el trabajador siempre tiene la posibilidad de consignar en la declaración las retenciones que le debieron efectuar realmente. Entonces, Hacienda estaría reclamando las retenciones a quien tuvo la obligación de ingresarlas, la empresa, sin que en ese caso incurra en el enriquecimiento injusto del que hablaba antes.
Cuestión distinta sería, como me consta que sucede en ocasiones, que Hacienda también reclamara esas retenciones al trabajador por haber consignado en la declaración un importe superior al real. Pero esta es una cuestión fácilmente reclamable por el trabajador.
Termino volviendo a insistir en que el único obligado para el ingreso de retenciones es la empresa. Y si no cumplió esa obligación, deberá ingresarlas cuando Hacienda se las reclame, esto no tiene duda. Cuestión distinta es cuando Hacienda incurra en enriquecimiento injusto, porque siempre el trabajador podrá reclamar a Hacienda lo ingresado doblemente. Otra cosa es que el trabajador llegue a tener conocimiento de la reclamación de Hacienda a la empresa, y ello dé lugar a la posibilidad comentada.
Vamos a ver, según usted la empresa les ha retenido por encima de lo que les tendrían que retener, no? Es correcto? A esto se refiere? Si es así, no necesita ninguna Sra, simplemente cuando haya que hacer la declaración la hacen y les saldrá a devolver lo retenido en exceso, aunque algunos pudiera ser que no llegasen al mínimo para tener que hacer la declaración pueden hacerla voluntariamente, si les sale a devolver pues la cursan y si por contra les sale a ingresar pues no la cursan por no estar obligados al no llegar al mínimo