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Ere inminente

8 Comentarios
 
Ere inminente
15/12/2010 23:06
Buenas noches a todos. Mi pregunta y problema inminente es el siguiente: MAÑANA mismo nos proponen un ERE para varios empleados de una empresa que lleva ya dos años recortando plantilla y estamos bajo mínimo. Mañana darán a conocer los nombres de los afectados.

Yo llevo trabajando en esta empresa casi 14 años, tres años y medio con contrato indefinido y 10 años como autónomo dependiente.

Mi pregunta es la siguiente: si me meten en el ERE (que sería por 11 meses) cuánto me correspondería mesualmente si vengo cobrando unos 1.250 euros?.
Otra pregunta: me vale para algo los 10 años que trabajé como autónoma?
¿Cuánto paro consumo y a cuánto tengo derecho?, porque es increible pero nuestros enlaces sindicales no han sabido decírnoslo con exactitud.

Por otro lado, jamás he cogido una baja en todos estos años, pero tengo ansiedad, curiosamente mañana (me enteré hoy de lo del trabajo, que llevmos así más de un año, que si ERE que si no, que si otro tipo de despidos con la nueva ley...) iba a ir a mi médico de cabecera para que me recetara algo, pero no tenía ninguna intención de coger la baja.

Me temo que quienes no entremos en el ERE vamos a sufrir aún una mayor tensión y acumulación de trabajo que quizá no sean compatibles con las taquicardias que me están dando desde hace unos días....si no entro en el ERE y me aprientan demasiado en el trabajo, puedo coger una baja (recuerdo que no he cogido ninguna en 13 años de trabajo), o me echarían después?.

Y si entro en el ERE, qué derecho tengo?, hay que ir todos los meses al Inem, qué hay que hacer???


Por favor, estoy muy angustiado y necesito una respuesta urgente porque todo lo que relato, después de más de un año, va a ocurir mañana!!!!

Por otro lado, decir que la empresa tiene pensado que todo lo pague el Fogasa poruqe tiene otras empresas del grupo en ERES...gracias de antemano!!!!
Espero ansioso sus respuestas
15/12/2010 23:17
Se ha dicho ya mil veces. A la pregunta de "me puedo coger una baja", la respuesta es que las bajas no se cogen. Las bajas las da el médico cuando el trabajador está enfermo.
Lo demás, es imposible contestarlo sin conocer todos los datos.
15/12/2010 23:59
quizá no me expliqué bien o no me entendiste mosca cojonera. NO estoy diciendo que quiera coger una baja, de hecho he dicho que en todos estos años JAMAS he cogido ninguna y que pese a como estoy es posible que el médico me la de.
Solo digo que si mañana, con la ansiedad que tengo, el médico me obliga a cogerla ¿que me pasaría?, pero en principio no tengo ninguna intención poruqe creo que en casa, sin trabajar, aún me encontraría peor.

Lo que me interesa son respuestas al ERE, que es a lo que me enfrento mañana, así que no se a qué viene tu comentario, totalmente fuera de lugar, al menos yo lo entiendo así..(tu nik lo dice todo, quizá seas tú de esos que se han pasado la vida sin trabajar o haciéndolo lo ´mínimo posible, no te juzgo, solo opino del mismo modo que lo haces tú...)
Espero la ayuda del resto de foreros porque esto es urgente!!!
16/12/2010 00:23
Por favor, necesito que alguien me guíe en esto....
16/12/2010 01:11
Pero vamos a ver, ¿el ERE se ha aprobado por la autoridad laboral o simplemente es una relación de nombres sujeta a una aprobación definitiva? Porque un ERE no es algo de un día para otro, y en cualquier caso, las dudas pueden ser respondidas mañana y no a la 1 de la madrugada cuando la posteas e insistes en una respuesta...
16/12/2010 01:16
A las nueve de esta noche se aprobó una asamblea de trabajadores que convoca mañana para votar a favor del ERE, ya todos han dicho que sí, e inmediatamente después darán a conocer el nonmbre de los afectados.Yo me he enterado de todo estos hace unas horas, pero si molesto....
16/12/2010 01:24
quizá estoy algo alterado, lo siento, pero nunca me he visto en nada así y no tengo ningún tipo de asesor cerca. El ERE lleva mucho tiempo planeándose, pero no se han ofrecido datos a la plantilla, la verdad, de ahí mis dudas...y curiosamente mañana se resuelve y nos hemos enterado hace unas horas...

Si me hubiera enterado a las doce del medio día, como comprenderás, no haría estas preguntas a estas horas, lo hago porque no pude hacerlo antes y poruqe la ansiedad no me deja dormir....ojalça ninguno os veais en una situación así, sin comerlo ni beberlo, después de haberlo dado todo por una empresa.
Siento mucho si molesto, pero es uqe las respuestas mañana serán ya tardías. Reitero que lo siento ....
16/12/2010 01:37
No es molestia, y las respuestas tienen respuesta con los datos que das (no es imposible como apunta otro forero), pero los que damos respuesta no vivimos aquí (tenemos un trabajo, una familia, etc), y no puedes esperar e insistir en obtener respuesta a las horas que son... En cualquier caso, por lo que comentas, el ERE no está aprobado por la autoridad laboral, así que incluida o no, las respuestas no te son tan urgentes...
A tus preguntas (sin ser exhaustivos en las respuestas):
1º.- La base reguladora de la prestación por desempleo es el promedio de las bases de cotización de los 180 días inmediatamente anteriores al hecho causante (ERE)... A dicha base, le deberás aplicar el 70% durante los 6 primeros meses de prestación, y el 60% en las restantes.

2º.- Los autónomos hasta hace muy poco, no cotizaban por desempleo, por tanto, los 10 años cotizados en el RETA (autónomos) no te sirven a efectos de duración y cuantía del desempleo (te servirán para la jubilación).

3º.- 3 años y medio cotizados, te corresponden 420 días de prestación (1 año y 3 meses). Consumirás el que corresponda atendiendo a la duración del ERE, sin perjuicio de que existan reposiciones de paro si se dan otras circunstancias, que por el momento no vienen al caso.

4º.- Una ansiedad es una baja por enfermedad común (aunque sea por consecuencia de la situación que vive la empresa), por tanto, aunque estés de baja, percibirás la misma cuantía y el paro seguirá corriendo.

5º.- Si no estás incluida, sufres mayor presión y el médico determina que debes acogerte a una baja, durante la misma o finalizada ésta, puedes ser despedida.

6º.- Si estás incluida en el ERE, éste se aprueba por la autoridad laboral, y te das de alta como perceptora de la prestación por desempleo, en el SPEE (antiguo INEM) te facilitarán una carpeta con toda la documentación referente, entre otras cosas, a tus derechos y obligaciones como perceptora y demandante.
16/12/2010 01:42
Muchísimas gracias, no sabes como te lo agradezco