Habría que conocer la naturaleza de esa entreplanta. Si era una vivienda es raro que no tuviera salida de aguas y si no lo era, ¿tiene cédula de habitabilidad?
Es un espacio diáfano (100m2) en un edificio de nueva construcción.
Es un despropósito por parte del arquitecto que diseñó el edificio pero no tiene salida por gravedad.
El comprador quiere poner una oficina. Cuando lo compro ya sabía del problema y no le importó. Ahora quiere que la comunidad pague su salida por gravedad.
Que sea diáfano no creo que tenga relevancia a efectos del posible derecho de enganche. Lo importante es cómo está calificado jurídicamente, ¿es una vivienda, una oficina, ...? y no me refiero a cómo lo califiquen coloquialmente el comprador o el vendedor sino a su calificación a efectos jurídicos.
Tantomen oficinas o almacenes, existen personas, que miccionan, evacuan sus intestinos, o se lavan las manos.
El derecho dece nganche, por supuesto que es innegable, .lo mismo que quien debe costearlo. Su propietario
Todos las bajantes de los pisos superiores de esa mano pasan por su techo, actualmente a la vista.
El comprador ya lo sabia cuando lo compró.
Debajo de la entreplanta hay un local comercial, que actualmente esta en venta y más abajo la planta de garajes a la que él quiere acceder para tras recorrer 20m moviendo tubos de ventilación y todo aquello que le estorbe engancharse a la bajante del edificio.
Esta obra, el bajar los tubos hasta la -1, mover las ventilaciones y engancharse a la bajante es lo que quiere que se haga cargo la comunidad.
Si, ese local comercial sí tiene bajante, pero su bajante está muy lejos de lo que el de la entreplanta necesitaría. No puede acceder a ella, por eso plantea conectarse a ella en la -1.
Habla de tres supuestos con tres conclusiones y a mi, que no soy experto en estos temas no me quedo claro, de ahí que siga preguntando y tu muy amablemente contestando.
Es una tubería que recorre 20m mínimo fuera de su local y él dice que es comunitaria y que su instalación la pague la comunidad.
Yo le digo que es una tubería que no existe y que él quiere poner (lógico) y que o la pone él o no se va a poner, el resto no la necesitamos.
Es una tubería solo para darle servicio a él, por lo que yo entiendo que es privativa aunque esté fuera de su local.
Podemos entrar en la chapuza del arquitecto que diseño las bajantes sin gravedad para ese local pero la realidad es que no tiene bajantes por gravedad, que me ha quedado claro que le debemos de permitir que la ponga pero no veo donde dice que además debamos de pagarlo.
1.- Habría que saber como esta considerada esa entreplanta en el titulo constitutivo, como vivienda, local o que diablos es.
2.- Tiene suministro de agua de boca, pero no tiene un desagüe. (increíble)
3.- Por su techo pasa la tubería de desagüe comunitaria.
4.- Por el techo del local no pasa la tubería de desagüe comunitaria que en teoría debería haber para que la entreplanta pudiera tener acceso al desagüe.
Pero de que estamos hablando, ¿de un edificio en propiedad horizontal donde encima de la entreplanta hay viviendas, o como esta configurado el edificio.
Las plantas de un edificio desde la primera hasta la ultimas son iguales, los desagües se comunican en vertical en todas las plantas, luego si la tubería general de desagüe, pasa por los techos en horizontal a desaguar en la vertical, es muy raro que la entreplanta no tenga desagüe, y el local que esta debajo si.
Habría que mirar la memoria para saber por donde pasan las tuberías de esa planta, un arquitecto no puede cometer ese fallo, ni los fontaneros, porque si el piso o lo que sea situado encima de la entreplanta tiene desagüe, la entreplanta no, y el local de abajo si, hay una tubería general que conecta el desagüe del piso o lo que sea con el local, por a entreplanta debe haber una tubería vertical de desagüe.
Solución: Desde un punto del suelo de la entreplanta perforar la solera y conectar el desagüe a un tubo horizontal que ahora parece ser que no existe por olvido o error, pasándolo por el techo del local, a buscar la bajante vertical general donde desaguan todas las unidades que hubiere en esa planta.
Esa obra debería pagarla la comunidad, puesto que todos los desagües están hechos de esa manera el techo es comunitario, las tuberías también, estarán instaladas por el cielo raso de las viviendas (si las hay), tapadas con escayola o pladur
Escribes:
"Para ello ha buscado por donde bajar dos plantas hasta el garaje, recorrer 20 metros por el y engancharse a la bajante comunitaria".
Esa obra no debería estar permitida, pasar un tubería por una propiedad privada como es el local, perforar la solera de la entreplanta, la solera del local, y buscar la bajante comunitaria es una locura,
El propietario de la entreplanta ha comprado a ciencia cierta, a sabiendas de lo que había, nadie le ha engañado, es posible también que no le venga bien donde se encuentra el desagüe, y pretenda desaguar de otra manera, por eso escribes:
"Si, ese local comercial sí tiene bajante, pero su bajante está muy lejos de lo que el de la entreplanta"
Opinar cuando faltan datos es aventurarse como casi siempre-
Por error escribo que el propietario de la entreplanta ha comprado a ciencia cierta, se me ha ido la
olla, cuando en realidad debería haber escrito a CUERPO CIERTO.
Estaba pensando en Albert Hammond, y su canción Échame a mi la culpa.
Para saber quién debe pagar ese enganche, lo primero es saber si la entreplanta tiene derecho o no a desagüe. Hay casos donde un almacén sin desagüe se ha reconvertido en oficina u otro tipo de inmueble sin tener derecho a ello.
En consecuencia, lo primero es averiguar si tiene o no ese derecho. Eso no se averigua preguntando a uno u otro, se averigua a través de documentos: título constitutivo, estatutos si los hay, cédula de habitabilidad, etc.
En caso de tener derecho, la comunidad deberá pagar la parte que vaya por zona común. Si no tiene derecho habrá que saber si la comunidad le autoriza el enganche y en todo caso será a cargo de él, no de la comunidad.