Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Enfermedad sin remedio. Quiero arreglar las cosas.

6 Comentarios
 
Enfermedad sin remedio. quiero arreglar las cosas.
16/11/2014 14:42
Me han diagnosticado una enfermedad que no tiene cura y me dan un plazo. Es triste. Pero habrá que asumirlo finalmente. No hay otra.
Me dirijo al foro para hacer una consulta. Tengo dos viviendas. Una, ganancial, la habitan los dos hijos que tengo y la madre. Otra, es mía en propiedad y la adquirí con esfuerzo después del divorcio.
El día que falte tengo entendido que la ley obliga a dejar a los hijos casi un setenta por ciento de los bienes. Mi intención es que mis hijos se queden con el áticof y el piso se lo quede mi hermano, que está parado y con hijos.
Me pueden decir que va a depender del valor de la suma de las dos viviendas. Pero para mí ésa no es una solución.
Haciendo conjeturas, he pensado que podría haber un resquicio legal por el que conseguir mi propósito.

A ver si puede ser lo que intento plantear. Antes de que falte, le hago un contrato vitalicio a mi hermano por un alquiler de la vivienda, por un preción irrisorio, así, y es mi pregunta, ¿podría conseguir mi deseo? Es decir, ¿que mi hermano se quedase con mi piso?
Si no es así, existe alguna fórmula posible para llegar a ese fin.
Gracias y un saludo.
16/11/2014 20:08
Ante todo le deseo muchísima suerte y mucho ánimo.
¿Podría ser un usufructo vitalicio para su hermano?
perfil veo
17/11/2014 00:26
acuda a un notario, que se lo explicará mejor que en el foro
quizá pueda donársela ahora, a cambio de que le cuide, sin necesidad de hacerle heredero
17/11/2014 09:41
La privativa puedes donársela a tu hermano sin ningún problema, salvo el pago de impuestos, (si quieres te reservas el usufructo).
17/11/2014 12:50
y ¿prefieres donarselo a tus sobrinos en vez de dejarselo a tus hijos?. Si quieres tener un detalle con tu hermano hasta que salga/mos de este atolladero, puedes donarle el derecho de uso durante un periodo que tu estimes razonable (10-15 años), dejando la propiedad a tus hijos.
17/11/2014 17:43
Gracias por la información. Aunque me gustaría saber cómo hago y a quién tengo que dirigirme y si es posible y legal, donar a mi hermano el derecho de uso de la vivienda durante un periodo de quince años (según ha comentado 1966). Además, si ese uso o cese de uso tiene algún coste económico. O si por el contrario, no sé, se iría a un notario y se firmaría esta decisión que he tomado. Es decir, dejar por un tiempo determinado el uso a mi hermano y luego, que sean para mis hijos. Gracias.
18/11/2014 16:57
El Notario llevará a cabo la correspondiente escritura, y tras abonar el impuesto, podrá acceder al Registro de la Propiedad para que quede constancia.
Debes aclararte un poco; puedes donar la propiedad a tu hermano sin ningún problema y también puedes donar el usufructo vitalicio de dicha propiedad y como dices en tu último post el uso por un período determinado de tiempo.