Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Empresa no hace caso a un embargo de salario de su trabajador ¿ algún modelo ?

9 Comentarios
 
Empresa no hace caso a un embargo de salario de su trabajador ¿ algún modelo ?
11/04/2019 17:05
Buenas tardes, tengo un caso de impago de pensión de alimentos, y después de pedir la ejecución de sentencia y comprobar que el deudor trabaja en una empresa, he requerido para que dicha empresa proceda al embargo y retención del salario. El caso es que del juzgado me llega la notificación de la que empresa ha hecho caso omiso del requerimiento. Qué hago? A parte del deudor puedo reclamar a la empresa? hay algún modelo para seguir desde este punto?

Os agradezco la ayuda compañeros
11/04/2019 18:18
Zleylak
Podría haber rebajado el sueldo para que no sea embargable, se tendría que comprobar primero que no esté pasando algo así. Si no habría un presunto delito de desobediencia.
11/04/2019 20:07
paquito xocolatero
Y cuánto sería ese sueldo mínimo que hace que la nómina no sea embargable??
11/04/2019 21:55
Ikechukwu
El SMI es inembargable. Pero está cobrando por encima. Ahora hay algún escrito donde pueda pedir que la empresa cumpla su obligación de retenerle y sino la sancionen? O me tengo que meter en un penal contra la empresa por desobediencia?
12/04/2019 20:30
Zleylak
Con permiso, creo que cuando es un tema de pensión de alimentos no opera el límite del SMI
13/04/2019 09:33
Zleylak
Es de un post del 2017, pero bueno:
Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional que en 2016 es igual 655,20€ (está casi congelado desde hace años por el PP)
Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional se embargarán conforme a esta escala:

Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 %.
Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 %.
Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60 %.
Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75 %.
15/04/2019 10:08
Ikechukwu
Creo que se está desviando el tema jeje, podemos dejar lo del Salario Mínimo, y si álguien sabe la respuesta a la pregunta principal del tema? cuál es el siguiente paso? hay algún modelo o tengo que meterle un penal a la empresa?
16/04/2019 10:34
Zleylak
Yo recomendaría ir a lo penal, si es que simplemente se niegan y hacen caso omiso del requerimiento, después de las debidas comprobaciones, como hablar con algún representante de la empresa, no sea que tengan algún motivo que ahora mismo se me pueda escapar.
16/04/2019 16:05
mosca cojonera
Vaya tela, no debería, es que ya es el colmo!!!...
16/04/2019 16:08
Ikechukwu
Una pregunta desde mi ignorancia, no ha subido a900 desde este año el smi?