Ya me he empadronado junto con mi esposo en el mismo piso. Yo he venido por Reagrupación familiar. Quisiera que me guíes ahora que procedimiento sigue para obtener la residencia.
Si ya ha venido con un visado de residencia por reagrupación familiar, sólo le corresponde solicitar la tarjeta de identidad de extranjera.
Debe empadronarse en el ayuntamiento del municipio donde esté su domicilio, porque se requiere para la expedición de la tarjeta de identidad de extranjera. Como ya está concedida la autorización y sólo se trata de expedir la tarjeta de identidad de extranjero, en principio sólo debe llevar el pasaporte con el visado, el volante de empadronamiento, el comprobante de pago de la tasa, la fotografía y el impreso EX-17.
Con todo, debe empadronarse con su cónyuge inmediatamente, sobre todo para cuando le corresponda renovar.
Buena día , soy ciudadana ecuatoriana, estoy aquí en España mediante la visa de Reagrupación familiar.
Mi esposo y yo nos hemos querido empadronar juntos pero en el ayuntamiento nos dice que no podemos hasta que no tengamos la autorización de la dueña de piso.
Que problema habría en el caso de que nos empadronemos por separado y en un piso diferente