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empadron. por omision

4 Comentarios
 
Empadron. por omision
20/04/2005 09:40
Lista de los documentos públics que sirven para acreditar una estancia en España con anterioridad al 8/8/2004:

- Còpia de la solicitud de empadronaminto no resuelta o denegada, devidament registrada en el municipio.
- Tarjeta de asistència sanitària de un servicio público de salud en la que conste la fecha de alta o, si es el caso, certificación en la que conste la fecha de antiguedad del alta.
- Còpia de la solicitud de escolarización de menores, devidamente registrada.
- Còpia de la solicitud, devidamente registrada, de certificación del informe de los servicios sociales o notificación de la resolución de percepción de ayudas sociales.
- Documento de alta laboral o certificación de la misma emitida por la Seguridad Social.
- Còpia de la solicitud de asilo devidamente registrada.
- Notificación de resolucion derivada de la normativa de estranjeria emitida por el Ministerio del Interior.

Todos los documentos han de cumplir estos 4 requisitos:

Primero.- Emetido y /o registrados por una Administración pública espanñola (estatal, autonòmica o local).
Segundo.- Ser documentos originales o còpias compulsadas.
Tercero.- Contener las fechas que identifiquen al interesado.
Cuarto.- Expedidos, registrados o referidos a actos o documentos de fecha anterior al 8/8/2004.

Saludos.
21/04/2005 15:41
Hemos intentado hacerlo con el pasaporte y sello de entrada en el mismo por Barajas, y tienen expresamente prohibido admitirlo
perfil esg
26/04/2005 14:46
¿Donde se encuentra regulado lo expuesto por Calato? Calculo que debe ser alguna resolución de finales de marzo. Gracias.
27/04/2005 09:32
BOE de 16 de marzo de 2005, clica en presedencia. saludos.
27/04/2005 09:37
Perdon quize decir b.O.E. 16 de abril y clica en ministerio de la presedencia. Perdon por el despiste. Saludos.