El ejecutado designa como bienes a embargar, los derechos que le correspondan en la herencia de su padre, formada por fincas. Estas fincas no figuran en el Registro a su nombre. ¿Qué debo hacer? Gracias.
¿no figuran a nombre de quién? ¿del padre? por otro lado has de esperar a que el padre de tu deudor se muera, pero ¿y si en testamento nombra herederos a personas distintas a ese deudor? yo creo que lo que debes hacer es pedir una mejora de embargo y ser tú quién designe bienes (averigua si trabaja, si tiene vehículo, si Hacienda tiene que devolverle algo...) y si no tienes medios para averiguarlo solicita al Juzgado que lo haga invocando para ello el art. 590 LEC.