Buenos días, un socio mío tiene problemas con su ex-mujer ( no le pasa la pensión dese hace bastante tiempo ) y he recibido una carta del juzgado que anote en el libro de socios de dos sociedades ( S.L.-S.A. ) el embargo de participaciones-acciones de mi socio.
Mi pregunta es:
Si mi socio no paga ( creo que no podrá )
1-¿Cual es el procedimiento que se sigue para el embargo?
2-¿Tienen que informar a los administradores si se ejecuta el embargo ?
3-¿ Los socios tienen prioridad de compra ?
4-¿Si el valor total de las acciones-participaciones es superior al reclamado, la sociedades tienen que pagar a la ex-mujer el importe que le debe el socio o el valor total de las acciones-participaciones embargadas?