Hola buenas mi están embargado la nomina por ejecución hipotecaria según lo que e visto que hay una modificación de de la ley de ejecución hipotecaria, que a sobido a mínimo en embargabl e 977€ yo cobro 914 con 3 personas ami cargo mi embargan 80€ e preguntado a varios abogados todos mi dicen que no es así mínimo es 645 que puedo hacer mi urge.muchas gracias
El equivalente al SMI es inembargable, es decir, los primeros 655,20 euros. Del siguiente tramo, hasta el equivalente a 2 salarios mínimos, le pueden embargar un 30%.
Es decir, que en su caso sólo le pueden embargar un 30% de 258,80 (914 menos 655,20), o sea 77,64 euros.
Eso calculado según los datos con la subida del SMI para 2016.
Gracias por la respuesta mark9 y esta modificación de ley no es valida.
modificación de ley se introduce, eleva la cuantía inembargable al 150% del salario mínimo interprofesional para las ejecuciones hipotecarias sólo de vivienda habitual, ojo!. De esta forma, si nos embargan la nómina o pensión por impago de la hipoteca, en lugar de comenzar a embargar a partir de 705 euros antes, se elevará hasta 648’60 (648’60×50%)= 972,90 euros y a partir de esta cuantía se aplicarán las escalas anteriores.
Además, si el embargado tiene cargas familiares a su cargo, a ese 150% se añadirá un 30% adicional por cada miembro de la familia que dependa económicamente del deudor de la hipoteca. O sea, a ese 972,90 € hay que añadir 194,58 € por cada familiar dependiente. Así para un titular ellímite mínimo son 1167,548 euros como salario inembargable para un deudor si tiene a su mujer en paro. A la renta familiar hay que sumar la de todos los miembros que cobran y son titulares de la hipoteca.
9 La modificación que se introduce, eleva la cuantía inembargable al 150% del salario mínimo interprofesional para las ejecuciones hipotecarias sólo de vivienda habitual, ojo!. De esta forma, si nos embargan la nómina o pensión por impago de la hipoteca, en lugar de comenzar a embargar a partir de 705 euros antes, se elevará hasta 648’60 (648’60×50%)= 972,90 euros y a partir de esta cuantía se aplicarán las escalas anteriores.
Además, si el embargado tiene cargas familiares a su cargo, a ese 150% se añadirá un 30% adicional por cada miembro de la familia que dependa económicamente del deudor de la hipoteca. O sea, a ese 972,90 € hay que añadir 194,58 € por cada familiar dependiente. Así para un titular ellímite mínimo son 1167,548 euros como salario inembargable para un deudor si tiene a su mujer en paro. A la renta familiar hay que sumar la de todos los miembros que cobran y son titulares de la hipoteca.