Hola yo tengo una consulta sobre embargo ,resulta que lean embargado la cuenta a mi sobrino por una multa de la cual en su día se declaró insolvente,dicha cuenta son los atrasos del paró calcelario,lean dejado la cuenta a 0€ me gustaría saber si al ser el cobro de una prestación habría manera de recuperarlo,ando un poco perdida y no sé si es recurrible o una perdida d tiempo, gracias d ante mano
El tenía su periodo de paro ya aceptado y cobrandolo tuvo un problema con su número de cuenta y cuando pudimos abrir una cuenta le hicieron el ingreso de los meses que no pudo cobrar,eso son los atrasos,
OK, si el importe mensual del paro no supera el salario mínimo (1.080 €), es inembargable. Si el saldo de la cuenta provenía exclusivamente de esos atrasos, hay que pedir un certificado al banco donde diga eso y con él reclamar la devolución de lo embargado a quien ordenó el embargo, que puede ser Hacienda o un juzgado.
eso es mentira el juzgado embarga lo que le da la gana y se pasa por el forro los escritos y recursos ese dinero jamas se lo devolveran , no inventemos cosas , el tenia una deuda y el juzgado se la a cobrado , que en realidad es el banco el que a chivado que habia dienro en la cuenta