Buenos días. Mi ex marido lleva 10 años sin pasar nada de pensión de alimentos. Trabaja en negro y no tiene bienes a su nombre ni nada que embargar. ¿Alguien sabe si es posible embargar sus derechos hereditarios antes de que su madre fallezca y cuáles serían los trámites? Mil gracias.
Se le ha intentado embargar anteriormente pero no se ha podido, de ahí mi duda si se puede hacer un embargo preventivo antes de que fallezca la persona de la que heredaría. Gracias
Si ya hay sentencia de embargo esta es para bienes presentes y futuros. Los derechos hereditarios nacen con un fallecimiento, antes no existen, podría morir antes el deudor que la persona de la que puede heredar, por lo que sería un poco como embargar los derechos de cobro de lotería por si algún día le toca.
En el momento en que sean conocedores de que el deudor es heredero de algo, pueden embargar esos derechos e incluso inscribir en el registro de la propiedad de los bienes inmuebles del fallecido dicho embargo. Si acepta la herencia los bienes de esta serán ya del propietario y se podrán embargar: se embarga el bien heredado, no los derechos propiamente dicho. Si no la acepta es cuando se habla de embargo de derechos hereditarios, pudiendo aceptar la herencia el acreedor en nombre del deudor renunciante.