Es que así funciona nuestro país, saco el dinero de dónde sea, luego si me paso, ya reclamará el interesado, porque hasta que se dan cuenta que han embargado de más pasa un tiempo, te lo devolverán pero tardan
El dinero que ya le han quitado de la cuenta no se lo van a devolver. Pero si la cuenta está saldada, ha de dirigirse al Juzgado que ordenó el embargo, con el número de procedimiento. No es necesario que contrate a nadie para hacerlo (abogado y procurador) sino que puede ir al funcionario que se encarga del asunto y constatar que , efectivamente está todo pagado, porque de otra forma le estarán embargando la nómina hasta que el acreedor presente un escrito de pago. El número de asunto lo tienen en su empresa y en el banco.
Eso no es ningún fallo, José: han dictado contra usted una orden general de embargo, que comprende todos sus bienes y derechos. La cantidad que le embargan en la nómina (159 euros) no es el producto de un acuerdo que usted tenga con el acreedor, sino que es el máximo que le pueden embargar con arreglo al importe de su nómina, pero que si fuese por el acreedor le llevaría el sueldo entero. La autoridad que ha decretado el embargo, posiblemente el juez, es la única que puede liberarlo. Como se trata de una cantidad modesta, la tendrá pagada en breve y podrá dirigirse al juzgado embargante en solicitud de que le devuelvan dinero, si es el caso. Pero por ahora hay un solo embargo.
Buenas por una deuda me embargar judicialmente la cuenta bancario por 755 euros y a la vez me aparece retención en la nómina de 159 por esa misma cantidad. Es decir me han embargado dos veces por una misma deuda? Qué hago!!!!! Donde reclamo semejante fallo. Graciass