Hola, me pongo en contacto con ustedes a ver si me puede informar y o ayudar de alguna manera.
Desde el 2015 me hacen la reclamación de una deuda por valor de 3500€ injustamente la verdad y no lo han conseguido porque siempre he interpuesto recurso alejando mi situación económica como madre divorciada y además sin trabajo , solo con la pensión de mi hijo y una ayuda de emergencia social.
Ayer me llego de nuevo el embargo donde dice:
Se declaran embargados , como propiedad del ejecutado mi nombre y apellidos y en cuanto se estiman bastantes para cubrir las cantidades pendientes de abono en la presente ejecución de los bienes siguientes:
Saldos a favor en cuentas y depósitos de cualquier clase en las entidades financieras.
Realizar el embargo por medios telemáticos a través de la cuenta de depósitos y consignaciones de este tribunal respecto a la averiguación patrimonial solicitada librese oficio al servicio de consulta registral.
Me gustaría saber a qué se hace referencia en este texto , que es lo que me quieren o pueden embargar y que puedo hacer al respecto para parar dicho embargo.
Mi situación actual es que trabajo con una nómina que no supera los 500€ pq tengo un contrato de 15h semanales y la pensión de mi hijo de 280€.
Pago alquiler y gastos de la vivienda y no tengo bienes de ninguna clase y solo una cuenta.
De hecho los gastos que tengo superan mis ingresos.
¿¿¿Me pueden quitar la nómina, pensión de alimentos o parte de la nómina???
Si interpongo un recurso que puedo alejar?¿
Este tema puede afectar a que solicite un abogado de oficio para cambiar las actuales condiciones del convenio regulador?¿
No te pueden quitar nada. Es recomendable que tu saldo en la cuenta nunca supere el importe de un mes de la nómina más la pensión de tu hijo (suponiendo que ambas se ingresen en esa cuenta), o sea saldo menor de 780 €.