Hola
el caso es el siguiente. Por impago de creditos a la CAM, hemos llegado a Juicio y se ha decretado el embargo (en las cantidades legales) en un documeto de fecha 10 octubre el juzgado declara embargados (art. 592 ley 1/2000) saldos en cuentas y depositos existentes en entidades bancarias con sucursal en la ciudad donde vivo.
tengo una sola cuenta en la que solo se domicilia la el subsidioq ue percibo y la que están domiciliados pagos de los servicios basicos y demás,
Yo hasta el momento estoy percibiendo el subsidio y me dijeron en el banco que nopueden hacer nada porque la cuenta me van a seguir embargando yo no entiendo porque, me arece que hay una ley en que indica que no se debe tomar encuenta lo que uno se esta recibiendo de subsidio y porque lo hacen.....? Asi como el juzgado se da cuenta en donde vivo tambien deberia darse cuenta en que etapa se esa uno. Yo que puedo hacer en este caso porque este mes lo qu eme ingresan del subsidio no lo voy a tener porque el banco no me va a entregar el dinero y eso es para subsistir que hago ayudemen.....?
Gracias