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Elección del período de vacaciones.

1 Comentarios
 
Elección del período de vacaciones.
03/04/2018 11:19
Buenos días,

Mi nombre es Mariana, y mi consulta es sobre la elección del período de vacaciones,
hace un año que trabajo en una empresa de limpieza y en diciembre no me dejaron disfrutar las del 2017, me las liquidaron, según la empresa solo puedo elegir en verano, ahora llega el verano y me encuentro con que puedo elegir a medias...por ejemplo no puedo coincidir con ninguna compañera y la segunda quincena de agosto prohibido por razones de la empresa, no se pueden coger, por lo cual casi que no puedo elegirlas, esto es legal?

Gracias, un saludo.
03/04/2018 12:57
Maribi
No. Pagar las vacaciones no es legal salvo que sea porque le finaliza el contrato o la despiden.

Habría que consultar su convenio colectivo para ver que dice en lo referente a vacaciones.

Como norma general, las vacaciones deben ser acordadas entre trabajador y empresario y preavisadas como mínimo con 2 meses de antelación. Por tanto, lo aconsejable es que remita escrito a la empresa con una copia que le deberán devolver sellada, en el que usted elija los días de vacaciones que le convengan, proponiendo además otro período alternativo. En caso de que se las denieguen o no contesten, tendrá que interponer demanda en el juzgado de lo social.