El Artículo 37.4 del Estatuto de los trabajadores establece que “las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de 9 meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad."
Mi duda:
¿Podria tener esa hora de ausencia al final de la jornada y solo trabajar 7 h en vez de 8h o si decido eso solo podria irme media hora antes?
Es que no me queda muy claro eso de... La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad.
Hola norena, mi recomendacion es la siguiente para que te lo aclaren completamente llama un dia al Instituto Nacional de Empleo de tu ciudad, el telefono lo podras encontrar en internet entrando a la pagina en direcciones y telefonos, y les realizas la consulta, tipo de contrato que tienes y si seria posible ausentarte del trabajo una hora antes, no tendran ningun problema en resolvertela, y si no fuera asi pregunta quien podria aclarartelo.
Un saludo.
pero si dificilmente te resuelven dudas sobre contratos, como para plantearles cuestiones sibre el disfrtue del permiso de lactancia!!
Imagino que estás de coña, pero que pruebe a verque tal, je,je
Vamos a ver, la hora de ausencia, divisible en dos fraciones, implica llegar y salir a la hora normal a jorada completa, es decir, uno llega a la hora, sale, regresa y, en caso de dividirlo en dos fracciones, vuelve a salir y regresar de nuevo al trabajo, saliendo definitivamente a la hora habitual.
Esto, obviamente, salvo que tengas tu casa al lado del trabajo, no suele ser muy práctico.
La alternativa es reducir en MEDIA hora la jornada, de forma que puedes entrar media hora mas tarde o salri media hora antes.
En resumen:
- ausencia: 1 hora divisible en dos parte
- reduccion: media hora
Desde luego nando no se de que provincia seras, pero me dedico al tema laboral desde hace años y si he tenido cualquier duda, respecto al tema de contratos no han tenido ningun problema en resolvermelo, incluso en consultarlo y llamarme mas tarde.
Pero no les preguntes nada un poco dificil (bueno, es cierto que en alguna ocasion has demostrado ponerle interés, per van bastante perdidos los pobre, y al final, en algun caso, les he tenido que dar yo la solución al encontrarla por mi cuenta)
Pero es que el permiso de lacantancia...
Eso no depende del contrato. Es para todos igual (indefinidos, temporales, a tiempo completo, parcial, etc.).
Eso se les escapa.
Aunque igual encuienteras a un funcionario bien informado y con buena voluntad y te lo soluciona.
En fin, de verdad que pesnaba que estabas de coña.
Pero prueba si quieres, pregunta al INEM de tu localidad sobre la regulación del permsio de lactancia, a ver que ocurre.
Ahora, como te contesten y encima correctamente, por favor, dime de que oficina se trata, que me la apunto, je,je.
Nuestro horario es de 7 a 15H y una trabajadora ha solicitado la hora de 7 a 8, ¿ que es lo que habria que hacer?, esta norma es muy ambigüa y cabe a muchas interpretaciones, como al respecto comentado en otro hilo sobre si se le ocurre al padre acogerse a ese derecho, la empresa no tiene medios de saber si lo ejerce o no, habeis puesto de solicitar un certificado a la empresa de la madre en ese caso pero eso ¿ no vulneraria la Ley de Proteccion de Datos?
Gracias.
P.D. Este tema ya lo propuse y no llegué a aclararme.
Reduccion de jornada se entiende por retrasar la hora de entrada o adelantar la de salida, por lo que en ese caso solo aplica media hora.
Ausencia es irse del trabajo una vez comenzada la jornada, en medio de la misma o aprovechando la hora para comer, y en ese caso aplica una hora.
En el caso de solicitar el derecho el padre, tiene que aportar un escrito de la empresa de su mujer conforme a que no esta disfrutando del permiso.
Creo recordar que en este caso la empresa esta autorizada a recabar esa informacion dado que tiene que confirmar si el trabajador realmente tiene derecho al permiso o no.
Me parece discriminatorio, por otro lado, que tenga que ser el padre el que demuestre este punto, si lo pueden solicitar los dos ¿porque se da por hecho que la madre siempre es la que lo solicita? Costumbre, supongo..
En fin, eso es abrir otro tema asi que lo dejo ahi.
Un saludo.
Ya tengo claro lo de reduccion y ausencia, pero como se lo debo plantear a la trabajadora cuando ya ejerce ese derecho, o sea viene una hora mas tarde, si ahora le digo que solo es media hora, seguro que la cambia a otra franja horaria para """no perder media hora"", como ves lo pongo entre comillas porque estoy seguro que esa seria su verdadera intencion y no la de los hábitos alimentarios del hijo. o sea que al final organizativamente sería peor.
Realmente es que no creo que despues de fijar el horario de disfrute no se pueda variar, salvo que este dandole vueltas todos los dias, pero incluso si eligiese cada dia disfrutar del permiso cada dia a una hora distinta, podria hacerlo si justifica que es por el bien del menor, lo unico que tiene que hacer es ponerse de acuerdo con la empresa.
Me explico, si una vez fijado el horario de disfrute, decide variarlo, no creo que puedas poner objecciones, salvo que te lo cambiase arbitrariamente todas las semanas o afectase a vuestros sistemas productivos. Y en ese caso, ya sabes, si discrepancias entre empresa y trabajador....
En ningun sitio se especifica que una vez fijado el horario de disfrute sea inamovible..
Salvo mejor opinion.