Del citado Real Decreto podemos extraer las siguientes consecuencias:
1. Sólo se aplica a los contratos de arrendamiento de vivienda permanente.
2. Se aplica solo a los contratos cuya renta deba ser actualizada entre el 31 de marzo y 30 de junio de 2022.
3. Contratos de arrendamiento de vivienda celebrados entre el 06/06/2013 y el 31/03/2015 que aún estén en vigor. Estos contratos se verán afectados por la limitación en la actualización.
4. Contratos de arrendamiento de vivienda celebrados entre el 01/04/2015 y el 05/03/2019. Sólo se verían afectados los contratos en los que expresamente se pactase la revisión de la renta conforme al IPC, quedando excluidos los que no se incluyese cláusula de actualización y los que, aún teniéndola, el índice de referencia pactado fuera el Índice de Garantía de Competitividad.
5 Contratos posteriores a 6/3/2019. En éstos la actualización pactada- por ejemplo mediante el índice de Garantía de la Competitividad - nunca puede superar el último IPC interanual publicado, por lo que sí se verán afectados por la limitación en la actualización.
6. El IGC de Enero de 2022, publicado el día 18 de Marzo de 2022, ha sido el 2,02%, por lo que todos los contratos afectados por el Real Decreto objeto de este post podrán actualizarse al 2,02%.
En la práctica no, porque lo que dice el decreto (aunque le parezca muy ingenuo) es que en el caso de casero que no sean grandes tenedores se PODRA llegar a un acuerdo entre inquilino y casero, pero que a falta de acuerdo será el 2%.
Como usted comprenderá, en la práctica, ningun inquilino va a llegar a un acuerdo para que le suban más del 2% cuando sabe que a falta de acuerdo será del 2%.
Por eso le he dado la respuesta que le he dado.
1.- A los locales comerciales NO le afecta el limite del 2%.
2.- Para poder contestar a la otra pregunta necesitamos saber:
a) mes en que comenzó el contrato de alquiler
b) fecha en que se realizó la última actualización.
Además de la pregunta anterior con los locales comercilaes tengo otra duda, he de actualizar la renta a una inquilina que paga 307 € en mayo, no lo he hecho porque va retrasada y quería informarme, que debo aplicar el 2% o el IPC del INE según he leido por otros comentrios. No me aclaro. Muchas gracias de antemano.
El ipc 2 % decretado por el gobierno se aplica también el los locales comerciales?