En estos casos, siempre habrá que ver lo que dice la Sentencia en su parte dispositiva.
Me explico... si en Sentencia se establece la prohibición de comunicarse de forma directa e indirecta con la victima, entonces sà estarÃa quebrantando la condena, por eso te digo que leas la sentencia para ver si establece la prohibición de comunicarse de forma directa e indirecta con la victima, y si lo establece, es un caso de quebrantamiento de condena, obviamente.
Habiendo una orden de alejamiento y una prohibición de comunicación impuesta, ya en la ejecutoria, durante 8 años, cuando el condenado comparte una publicación de una tercera persona donde se está dirigiendo a la vÃctima, aunque no sea una comunicación directa, ¿es quebrantamiento de la prohibición de comunicación? ¿O puede hacerlo?
Comparte un mensaje que una tercera persona escribe a la vÃctima directamente.