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Ejecutar un acuerdo SMAC

5 Comentarios
 
Ejecutar un acuerdo smac
19/02/2013 09:08
Buenos días,

El día 26 de Diciembre del 2012 se celebró un acuerdo entre la empresa y yo ex trabajador de la misma en la que se acordó una indemnización por el importe de 1.640 € en los cuales se acordaron tres plazos cada uno de ellos por el importe de 547 € a pagar cada día 20 de Diciembre, Enero y Febrero.
Dichos plazos los ha incumplido el empresario y no da señales de vida por lo que he solicitado el día 21 de Enero, la Ejecución del acuerdo, el cual fue repartido al Juzgado Nº 3 de lo Social, solicitando el embargo de los bienes del deudor para cubrir dicha deuda contraída ante el SMAC.
Púes resulta que me he enterado que el deudor es insolvente, ¿Que tengo que hacer ahora, como solicito que se incluya al FOGASA en el proceso de ejecución?

Gracias.
19/02/2013 10:01
Al FOGASA se acude con el auto de insolvencia. No vale con que "te enteres" de que es insolvente. Debe existir un auto judicial que así lo determine.

Ahora bien, ¿eres consciente de que el FOGASA no responde de las indemnizaciones pactadas en el acto de conciliación administrativo?

Salvo mejor opción.
19/02/2013 11:06
Hola, he conseguido un auto de insolvencia de otro juzgado de la misma ciudad donde se declara la insolvencia de la empresa, este mismo lo he puesto en conocimiento del juzgado que lleva mi casa, y en 15 dias meme comunicaran la insolvencia en mi domicilio y por mi causa para que pueda solicitar al Fogasa la correspondiente liquidacion.
¿A qye te refieres cuando dices aue el fogasa no responde a las indemnizaciones pactadas en el acto de conciliacion administrativo?
19/02/2013 11:08
Yo he estado en el fogasa y me han dicho que cuando se declare la insolvencia o situacion de acreedores, se hacen cargo de la deuda reconocida ya que no excede del salario de mas de 4 meses.
19/02/2013 11:16
El FOGASA puede responder de las deudas salariales pactadas en conciliación, pero no de las deudas correspondientes a indemnizaciones por despido pactadas ante estos organismos. Para que responda de estas indemnización la conciliación debe haberse efectuado en vía judicial y no en vía administrativa.

Salvo mejor opción.
21/02/2013 11:44
Buenos días, la Papeleta conciliación era en concepto de reclamación por cantidad en la cual se incluía lo siguiente:
1º días de salarios pendientes desde el 02/10 hasta el 22/11 del 2012.
2º 1 día trabajado el 01/10, 44,07 €
3º Vacaciones pendientes 20 días 881.42 €
4º 9 días de salario por año trabajado = 1 año = 9 días 396.63 €
Total 2.179,52 €
El acuerdo al cual se llego fue el siguiente:
Se reconoce una deuda de 1.640 por parte del empresario al trabajador por el importe total de 1.640 €, de los cuales se acordaron 3 plazos, los cuales incumplió.
No pone ningún concepto solo que se me reconoce la deuda por ese importe.

¿Que es lo que no cobraría a través del FOGASA?

¿Puedo presentar la reclamación ya con el auto de insolvencia aunque no esté reflejado mi nombre en el, acompañándolo del acta de conciliación, o tengo que esperar a que el Juzgado me de traslado de insolvencia por mi caso y esté lo comunique al Fogasa?

¿Cuanto suelen tardar en pagar el Fogasa una vez hecho los tramites de presentación con el auto de insolvencia y acto de conciliación?

Gracias.